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viernes, 13 de julio de 2018

TALLER DE TEORÍA DEL DELITO.


CASOS DE DERECHO PENAL GENERAL

       1)      TENTATIVA
1.1.   ¿En qué consiste la tentativa, por qué se pune y cual es su tratamiento en el código penal?
1.2.    ¿Qué es el iter criminis?
1.3.   ¿Qué son actos idóneos e inequívocos?
1.4.   ¿En qué se diferencian los actos preparatorios, de los ejecutivos y de los consumativos?
1.5.   Defina: Tentativa simple (o inacabada), tentativa acabada, tentativa inidónea, desistimiento y arrepentimiento.
1.6.   ¿Cuándo se responde por el delito remanente?

CASO 1
Un médico realiza un aborto consentido[1] en una mujer que se encuentra embarazada de cuatrillizos que no quería tener por su precaria situación económica[2] y porque ya tenía 3 hijos que vivían con ella en precarias condiciones.  El padre no vive con ellos, no tiene trabajo estable, así que responden regularmente con sus obligaciones y sus aportes resultan insuficientes para cubrir con los gastos de los niños. El médico al conocer la situación de la mujer accede a practicarle el aborto sin cobrarle honorarios, y solo le cobra el costo de los utensilios que necesitaba para realizar la intervención quirúrgica. Al realizar el procedimiento quirúrgico abortivo, logra  extirpar a dos de los cuatrillizos, pero al ver que la madre esta perdiendo mucha sangre y se puede morir decide suspender el proceso para salvarle la vida. Al terminar la operación logra salvar la vida a la madre, y los dos niños restantes siguen su gestación, pero uno de ellos se comprueba que tiene una lesión producida por el intento aborto frustrado.  ¿Qué tipo de responsabilidad tiene el médico y la madre?
     a)      Analizar los tipos penales del Aborto consentido (art. 122 C.P.) y lesiones al feto (art. 125 C.P.)
     b)      ¿Qué tipo de tentativa se configuran respecto de los bebés sobrevivientes?
     c)       ¿Qué tipo de circunstancias atenuantes podrían alegarse respecto del médico y la mujer?
     d)      ¿Podría alegarse un estado de necesidad a favor de la mujer? consultar los requisitos del estado de necesidad y buscar un precedente español sobre un aborto en estado de necesidad en internet TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAÑA SECCION SEGUNDA Sentencia 11277 DEL  11-12-1990. Magistrado: Enrique Ruiz Vadillo[3]. Consultar igualmente la Sentencia de la Corte Constitucional sobre el Aborto.




CASO 2

Tres sicarios intentan asesinar a Pedro cuando este llegue a su casa. Este al advertir el peligro por la presencia de tres extraños, prepara su revolver. Cuando los sicarios deciden acercase  para matar a Pedro,  este  observa a sus agresores, y cuando ve que el primero va a desenfundar su arma le dispara a uno de ellos y lo mata en el instante. En ese instante se arma un tironeo, pues Pedro se cubre detrás de un carro, y los otros sicarios se escudan en unos árboles en la acera del frente. Un transeúnte sale corriendo detrás de los sicarios y Pedro piensa que es uno de ellos, y le dispara matándolo. Los sicarios deciden huir corriendo y Pedro los persigue. Durante la persecución,  Pedro le dispara a un segundo sicario, quién cae herido en el piso y le implora a Pedro por su vida tirando el revolver a un lado, Pedro decide dispararle en dos ocasiones en la cabeza. El tercer sicario es capturado por la policía del sector. La policía detiene al sicario y a Pedro.

a) ¿Qué responsabilidad penal tendría Pedro y el sicario sobreviviente?
b) ¿Actuó Pedro en Legítima defensa en los dos homicidios que realizó?
c) ¿Se configuraría un error en la legítima defensa realizada por Pedro al matar al segundo sicario o se le aplicaría la rebaja por actuar con ira e intenso dolor?
d) Analice los requisitos de la Legítima defensa.
e) ¿Qué responsabilidad tiene Pedro por el homicidio del transeúnte que mató?


       2)      AUTORÍA Y PARTICIPACION
2.1. ¿Qué es el dominio del hecho?
2.2. Defina los requisitos de la coautoría: Dominio del hecho, Acuerdo previo, plan de autor, entidad del aporte.
2.3. ¿Qué es el dominio por la organización[4]?
2.4. ¿En qué consisten las teorías del actuar por otro y del interviniente?
2.5. ¿En qué se diferencia un autor de un partícipe?
2.6. Defina las clases de participe: instigador, cómplice e interviniente y diga ¿cuál es su tratamiento punitivo?
2.7. ¿Qué diferencia existe entre un cómplice y un encubridor (art.446 C.P.)?
2.8. ¿Pueden transmitírseles las circunstancias agravantes o atenuantes de un autor a un cómplice y viceversa? ¿Qué pasa por ejemplo cuando Juan contrata a un sicario para matar a su padre con el propósito de acceder a su herencia? O ¿Qué ocurre cuando Jaime contrata a Luis para matar a una persona, y cuando Luis mata a esa persona se da cuenta que es su suegro y Jaime conocía esta situación, pero Luis no?

CASO 1
Mario un desmovilizado amenaza al Coronel del Ejército Nacional Francisco de involucrarlo en unos asesinatos realizados por los paramilitares pero ordenados por el mismo Coronel Francisco. El Coronel Francisco decide comentarle toda la situación al Capitán Eduardo y a su vez le ordena que mate a Mario. El Capitán Eduardo ordena a su vez a Rodolfo un soldado que esta solicitando un ascenso para que mate a Mario y le dice que se trata de un paramilitar que esta extorsionando en la ciudad de Bogotá. Rodolfo ejecuta la orden, y es capturado. Luego de todas las investigaciones se descubre la treta del Coronel Francisco y se le captura junto al Capitán Eduardo.  
       a)      ¿Francisco y Eduardo responden en calidad de coautores o de cómplices del homicidio de Mario? 
         b)      ¿Actuaría Francisco en un estado de necesidad o guiado por una insuperable coacción ajena? ¿o actuaría por miedo insuperable?
         c)       ¿Actúa Eduardo en cumplimiento de una orden legal?
         d)      ¿Qué circunstancias de agravación aplicables a Francisco del homicidio agravado, se le pueden trasladar a Rodolfo?
       e)      ¿Actúa Rodolfo cumpliendo una orden legal, o actuando en ejercicio de un cargo público o estaría cumpliendo un deber legal, o en su defecto actúo bajo un error respecto de la existencia de estas causales?


CASO 2

En un robo a un banco realizado por Hugo, Paco y Luis, deciden pagarle a Pancracio ex funcionario del Banco para que le diga los horarios y los movimientos de seguridad que hace el banco que pretenden hurtar. Pancracio les da la información de manera detallada y recibe su paga. Pancracio les dice que el gerente es un tipo muy testarudo que preferiría que lo mataran antes de dar la clave de la bóveda. Hugo, Paco y Luis, deciden incluir a Rogelio dentro del plan encomendándole la labor de secuestrar a la hija del gerente, el día del robo. Igualmente contratan a Pacho Galán para que este conduzca el carro en el cual iban a escapar luego de  realizado el golpe. A su vez, contratan a Oliverio Rincón para que este se estrelle en una vía de acceso al Banco con el propósito de distraer a la policía y bloquear la llegada rápida de la fuerza pública al sitio de los hechos. El plan se lleva a cabo, Hugo, Paco y Luis ingresan en el Banco, Luis mata al guardia que intentó ofrecer resistencia. Amedrentan al gerente diciéndole que su hija se encontraba en sus manos y efectivamente Rogelio le pone a su hija a hablar en el celular, de esta manera el gerente accede a dar la clave de la bóveda. Durante todo el asalto, Paco quién es un aberrado sexual, decide acceder mediante violencia a una de las cajeras del Banco, sin que Hugo y Luis se dieran cuenta. Durante el asalto uno de los clientes del banco sufre un ataque cardiaco y muere en el acto. Cuando sacan el dinero, ya Pacho Galán había realizado su parte chocándose con otro vehículo y causando un caos en el tráfico. Oliverio Rincón no calcula bien la hora de llegada y lo sorprende el caos ocasionado por Pacho Galán, y no llega al lugar de los hechos, por lo cual nunca recibe la paga. Sin embargo Hugo, Paco y Luis, toman un taxi a quién le ofrecen una comisión si los saca de la zona, el taxista conociendo la situación colabora eficazmente con los ladrones y recibe su recompensa. La policía realiza las investigaciones, captura primero al taxista, luego al resto de la banda.

a)      ¿Quiénes responden como autores y quiénes como cómplices? ¿Pacho Galán seria Responsable?
b)      ¿Quiénes responden por el secuestro de la hija del gerente?
c)       ¿Es responsable el gerente por colaborar con los delincuentes? Analizar la insuperable coacción ajena
d)       ¿Cómo responde el taxista?
e)      ¿Quién responde por el acceso carnal violento en contra de la cajera?
f)       ¿Quién responde por el homicidio del guardia?
g)      ¿Quién responde por la muerte del cliente que sufrió un ataque cardiaco?
h)      ¿Qué responsabilidad tiene Pancracio?
i)        En todas las respuestas de las anteriores preguntas hay que fundamentar la respuesta



3- CONCURSO DE CONDUCTAS PUNIBLES

3.1. Defina en qué consiste el concurso de conductas punibles.
3.2. Defina: Concurso real (o ideal), concurso aparente, concurso homogéneo y concurso heterogéneo, concurso material.
3.3. ¿Qué es un delito continuado y por qué no se considera un concurso? ¿Qué es un delito en masa?
3.4. Defina los criterios para evitar el concurso en el concurso aparente: el principio de especialidad, el de consunción, el de subsidiaridad y el de alternatividad.

CASO 1

Luis decide pagar a Felipe funcionario público, para que este le hiciera una certificación de años laborados en el Seguro Social de 10 años para iniciar un proceso administrativo para solicitar su pensión. Felipe acepta el ofrecimiento de Luis y le hace el certificado con lo solicitado. En el proceso administrativo de solicitud de Pensión acepta la solicitud y le dan trámite, a su vez Luis interpone acción de tutela para acceder a la pensión y se la conceden.

a)      En el presente caso, verifique un concurso de las siguientes conductas punibles: Cohecho propio (art. 405 C.P.), cohecho por dar u ofrecer (art.407 C.P.), concusión(art. 404 C.P.), fraude procesal (art. 453 C.P.), falsedad ideológica en documento público (art. 286 C.P.), peculado por apropiación (art. 397 C.P.), enriquecimiento ilícito (art. 412 CP), abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto (art. 416 C.P.) y prevaricato (art. 413 C.P.). En tal sentido, identifique si existe un concurso ideal y especifique respecto de qué conductas, uno material y especifique respecto de qué conductas, o uno aparente y determine qué principio se puede utilizar.
b)      ¿Puede existir en este caso un delito continuado, se reúnen los requisitos?



4- LA ANTIJURIDICIDAD

4.1. ¿Qué es la antijuridicidad formal, y qué es la antijurídicidad material?
4.2. ¿Qué relación tiene la antijuridicidad con el principio de lesividad?
4.3. ¿Qué son los delitos de peligro abstracto y qué son los delitos de peligro concreto? ¿Cómo se cumple la antijuridicidad material en los delitos de peligro?



CASO 1

Un cirujano estético realiza una operación solicitada por una paciente de reconstrucción de su nariz. El médico en plena operación, decide a su vez realizarle una lipoescultura de grasas a la paciente en su garganta, y el procedimiento se lleva a cabo de forma satisfactoria. Cuando la paciente despierta de la cirugía no queda contenta con la lipoescultura realizada, y decide demandar al médico por realizar una cirugía no solicitada. El médico cobra por los dos procedimientos realizados.

      a)      ¿Diga cómo opera el consentimiento del sujeto pasivo como causa de ausencia de responsabilidad en el caso? Buscar la teoría del consentimiento informado en los casos de responsabilidad de médicos.
            b)      ¿En el caso hay antijuridicidad material?
            c)       ¿Existe responsabiliad penal del médico por lesiones personales o por estafa?


5- LA CULPABILIDAD

5.1. ¿Qué garantías ofrece el principio de culpabilidad?
5.2. ¿Qué diferencias existe entre el principio de culpabilidad y la categoría dogmática de la culpabilidad?
5.3. ¿Qué es el libre albedrío y la capacidad de actuar de otro modo?
5.4. ¿Qué es el error de prohibición? ¿Qué es un error de prohibición directo y un error de prohibición indirecto?  ¿Qué ocurre cuando un error es vencible y qué ocurre cuando es invencible?
5.5. ¿En qué consiste un estado de necesidad exculpante?
5.6. ¿En qué consiste un trastorno mental preordenado en la inimputabilidad?
5.7. ¿En qué consiste la culpabilidad por estado de vulnerabilidad propuesta por Zaffaroni?

CASO 1

Una persona adinerada compra una gran parte de la cosecha de arroz en el país, con el propósito de almacenarlo por unos meses, y para que así, dada la escasez del producto, este suba de precio en el mercado y así venderlo a mayor precio. La persona es denunciada por la comisión del delito de “Ageotaje”, que muy pocas personas conocen pero que se encuentra establecido en el artículo 301 del código penal. El individuo asegura no conocer que su conducta era ilícita así como lo desconocen muchos comerciantes en el país, y que consideró que estaba haciendo un proceso económico lícito basado en las leyes del mercado de oferta y demanda. La persona no es abogada, es un economista.

       a)      ¿Se presentaría en este caso un error de prohibición? Y si así fuere ¿Sería vencible o invencible?
      b)      ¿Puede argumentar un error en una causal de ausencia de responsabilidad como el ejercicio de una actividad lícita? Y en ese caso, ¿sería un error sobre la existencia de una causal de ausencia de responsabilidad (error de prohibición indirecto) o sobre un presupuesto objetivo de la causal de ausencia de responsabilidad (que es tratado como error de tipo)?

CASO 2

Liborio una persona muy dócil, sabe que cuando toma se convierte en una persona agresiva. Dada una discusión que tuvo con su esposa en la mañana, acude a una taberna para ahogar sus penas y su grado de impotencia frente a ella. Durante su velada en la taberna, habla con varios amigos que le aconsejan “no dejársela montar” “hacerse sentir en la casa” y “implementar la mano dura”.  Liborio sale de discusión con sus amigos y por su alto grado de alicoramiento sus amigos lo llevan a su casa. Cuando llega a su casa, encuentra a su mujer muy furiosa que le hace “mil y un reclamo”, Liborio solo recuerda haberle dicho “Que se fuera para el carajo, y que quien manda en la casa era él”. Al día siguiente, no encuentra a su mujer en la casa, encuentra que todas las cosas se encuentran revueltas y que en ciertas partes hay rastros de sangre. Además advierte que tiene las manos magulladas y con sangre. No sabe lo que ocurrió o por lo menos no se acuerda. En esa misma mañana dos policías le tocan la puerta y se lo llevan detenido. Su esposa lo había denunciado por lesiones personales, le había roto el tabique, la boca se la había roto y ambos ojos se los había golpeado fuertemente.

       a)      ¿Qué tipo de trastorno mental sufrió Liborio?
    b)      ¿Se configura un estado de inimputabilidad? O ¿en su defecto preordenó su estado de inimputabilidad?
        c)       De ser concebido como un inimputable ¿Qué medida de seguridad se le aplicaría?



6. LA PENA.

6.1. Defina los principios de la pena: Proporcional, razonable, necesaria, individual, irrevocable y pública.
6.2. ¿Cuales son las penas principales de acuerdo con la legislación colombiana y en qué consisten?
6.3, ¿Cuales son las penas sustitutivas y en qué consisten?
6.4. ¿Cuáles son las penas accesorias y en qué consisten?
6.5. ¿Cuáles son las causas de extinción de la acción penal y cuales son las causas de extinción de la pena?

CASO. 1

Teniendo en cuenta los artículos 60,61, 62, 29 y 30 del Código Penal, determine la pena aplicable a los asaltantes del banco del caso 2 de la sección de autoría y participación de este taller.

CASO 2.

Teniendo en cuenta los artículos 60,61,62, y 31 del Código Penal, determine la pena aplicable a Luis el que quería acceder a la pensión ilegalmente del caso 1  de la sección de concursos de conductas punibles de este taller.





[1] Con el consentimiento de la mujer.
[2] La mujer es empleada doméstica.
[3] “Ello sucede, sin duda, en el caso que estamos estudiando para decidir conforme a derecho. Está claro (cfr. STC 53/85 de 11 abril) que las causas de exención de la responsabilidad criminal establecidas en el art. 8 CP también pueden actuar, en principio y con los límites que le son inherentes, respecto del delito de aborto.
La Sala sentenciadora destaca que no hubo un embarazo intencionado y que no había obligación de sacrificarse porque la procreación no puede entenderse comprendida en el tercer requisito fijado por el legislador español en el art. 8 ap. 7º CP.

Como antes se anticipaba se trata de una familia casi recién establecida: 4 años, con tres hijos muy pequeños, en una situación de paro sin cobertura, con la obligación de atender a los niños que ya constituían ese hogar, en tal estado que un nuevo nacimiento podría provocar la imposibilidad de atenderlo en términos de dignidad humana, que sin duda era el deseo de los padres: sacar adelante a los tres hijos pequeños que acaso ya no podría realizarse con el nuevo nacimiento en el sentir de los progenitores, no sólo desde el punto de vista económico, decisivamente importante, sino también de la atención, básica también, de la madre que vería perturbada incluso su salud física y psíquica aunque no fuera de manera importante y grave por los sucesivos embarazos y crianzas (así lo dice expresamente el juzgador de instancia en el f. j. 4º como inferencia lógica, que por serlo, de ella ha de partirse) datos que, en definitiva, se corresponden a valores de intimidad y dignidad.
De la fragilidad de la salud psíquica de la madre hubo pruebas, dice la sentencia de instancia, en el juicio oral. Así las cosas y con explícito reconocimiento, cualquiera que sea la interpretación más correcta del art. 15 CE, del valor inmenso de la vida anuda en el "nasciturus", hay que entender que la citada sentencia, que reflexiona con autenticidad en cuanto a las bases sobre las que se asienta y con dudas respecto a las correspondientes consecuencias, propios del discurso y del intelecto sobre la naturaleza de la eximente y sobre su aplicación como tal o como atenuante, en este caso es acertada.
En cualquier supuesto, si el conflicto antes descrito no era real, por vía de hipótesis, lo sería en el fuero interno para los procesados absueltos desplegando con igual intensidad los efectos eximentes de la circunstancia por razones del elemento culpabilístico.
No es que falte su acreditación a través de informes facultativos, sino que consta que existía una situación de angustia en los dos cónyuges ante las dificultades que el nuevo embarazo podría plantear, pero nada más y esta situación no coincide en absoluto con el "grave peligro" al que se refiere la Ley penal. El caso debatido no contempla, por consiguiente, una indicación terapéutica caracterizada por la existencia de un peligro grave para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada. No había, desde esta perspectiva, necesidad de abortar porque el conflicto no estaba planteado en función de la vida o salud de la madre, seriamente comprometidas, y la vida del "nasciturus", sino que se estaba en presencia de un complejo de circunstancias económicas fundamentalmente, aunque las mismas incidieran de manera muy especial, no trasladables al facultativo como enseguida se verá, en el estado de ánimo de los padres, creándose así una angustia en cuanto estado afectivo de temor ante el peligro más o menos real que algunos autores llaman discrepancia intrapsíquica. TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAÑA SECCION SEGUNDA Sentencia 11277 DEL  11-12-1990. Magistrado: Enrique Ruiz Vadillo

[4] Esta es una teoría creada por el profesor alemán Claus Roxin

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