LA SOCIOLOGÍA, FUNCIONALISMO Y LAS CAUSAS DEL DELITO.
Uno de los puntos de abordajes
para estudiar las causas del delito es la sociología, ciencia que estudia las
relaciones entre los individuos y los grupos sociales, relaciones entre grupos
sociales, las estructuras y relaciones de una sociedad, sus procesos de cambio,
y sus instituciones.
La sociología permite al
derecho regular esos procesos de relaciones sociales, bajo un entendimiento
deferente al del político, y al del populismo, entendiendo el primero como el
ejercicio del poder sobre el individuo y sobre la sociedad, y el segundo como
el discurso y las decisiones tomadas por el querer de las masas.
En el caso penal, la
sociología ha generado varios planteamientos interesantes para explicar el
fenómeno social del delito, apartándose de las posturas individualistas basadas
en señalar al delincuente como causa del delito desde posturas morfológicas,
psicológicas y psiquiátricas, que condujeron al positivismo italiano, a un
derecho penal racista. La sociología se centró en el estudio de las
interacciones sociales, independientemente de los individuos que la
conformaran, así veían factores económicos, sociológicos y políticos que
influían en el delito, a diferencia de las posiciones individualistas, que se
centraron en la parte física y mental del delincuente, para estudiar las causas
del delito, dejando por fuera los factores de tipo social.
En la teoría del delito hoy,
al estudiar las tesis funcionalista de Jakobs y Roxin, en la cual, se ve la
pena como un instrumento de normalización o equilibrio del sistema, y se
estudia que la conducta es el producto de una omisión al deber legal (Roxin) o
la omisión de un rol (caso Jakobs), o una defraudación a las expectativas
sociales (nuevamente Jakobs), y que la imputación objetiva parte del aumento
del riesgo jurídicamente desaprobado en las normas, podemos ver un claro
enfoque sociológico, donde se ve a la sociedad como un grupo, los delincuentes
como otro grupo, y el derecho como un sistema que impone deberes y roles, que
al ser vulnerados, requieren de la imposición de un castigo para generar la
integración o el equilibro al sistema. Según Zaffaroni (2013), este es un
enfoque sociológico que únicamente sustenta un sistema de represión, donde lo
más importante es el equilibrio del sistema y la reafirmación de la
inviolabilidad de la norma.
Ahora bien, como se dijo
anteriormente, el enfoque sociológico buscó apartarse de las
tesis psicológicas, antropológicas y morfológicas que llevó a los desmanes del
positivismo italiano, estudiando a los grupos y no a los individuos, tuvo unos
planteamientos muy interesantes que valen la pena tener en cuenta, al momento
de estudiar el delito como fenómeno social, muy a pesar de tener también sus
limitaciones.
PUNTO DE PARTIDA: EL DELITO
YA NO ES UNA PATOLOGÍA O UNA ENFERMEDAD SOCIAL.
Sin duda, a diferencia de los
planteamientos de las tesis que estudiaban al individuo desde la psicología, la
psiquiatría, la medicina y la morfología, entre ellas la escuela positivista
italiana, que pensaban en el delincuente como un enfermo, un ser diferente,
primitivo y despreciable, el enfoque de la sociología, entendió que el delito
era natural a la sociedad, estaba integrada a ella, y era un factor
consustancial a ella.
Por tanto, entendía que la
delincuencia era un factor de cambio, de comprensión y de reflexión a partir de
la misma sociedad. Esto quiere decir, que no era posible comprender a una
sociedad, ni sus cambios, si no existiera tanto las conductas socialmente
aceptadas, y su antagonista que serían los delitos.
La existencia del delito
permitía explicar los cambios sociales que tuvieron que darse para crear una
conducta delictiva, y las razones de la sociedad para adoptar esas decisiones,
así como las dinámicas que se dan a partir de los cambios.
En este tema el principal
expositor era Durkheim quién explicaba “Solo cuando se hayan sobrepasado
ciertos límites, el fenómeno de la desviación es negativo para la existencia y
el desarrollo de la estructura social, si se acompaña de un estado de desorganización,
en el cual todo el sistema de reglas de conducta pierde valor, mientras no se
haya afirmado aún el nuevo sistema. Viceversa, dentro de sus límites
funcionales, el comportamiento desviado es un factor necesario y útil del
equilibrio y del desarrollo sociocultural.” (citado por Baratta, 2004, págs. 56
y 57)
De acuerdo con esta tesis, no
se entiende la existencia de la policía, de los juzgados y de la fiscalía, sin
la existencia del delito.
Así por ejemplo, la
criminalización del tráfico de drogas tiene una dinámica social muy diferente,
que cuando se ha decidido la legalización. Así en una sociedad que prohíbe el
tráfico, las autoridades policivas y judiciales tienen una posición más ofensiva
y represiva, mientras que en otra sociedad, en la que tanto el tráfico como el
consumo se encuentre legalizado, se focaliza más a la regulación y a la sanción
por incumplimiento de la regulación.
Igualmente, en una sociedad
donde el aborto se encuentre legalizado, la interacción social entre la mujer
embarazada con el personal y las instituciones de salud, es totalmente
diferente a las que pueden darse en una sociedad en la que se prohíba el
aborto.
Así las cosas, si el delito
es visto como algo consustancial y natural en toda sociedad, no se trata de un
cáncer que hay que extirpar o una amenaza que amerita una defensa social, o un
exterminio.
Las conductas delictuales
para esta corriente, implican una conducta diferencial de conjunto de normas y
valores éticos mayoritariamente aceptados en la sociedad, y que al realizarse
en forma intolerable, requieren de un correctivo social, que en este caso lo
impone el derecho penal.
LA TESIS ECOLOGICISTAS:LA
ESCUELA DE CHICAGO.
Los estudios realizados por
la llamada escuela de Chicago, se enfocaron precisamente en la estructura de la
ciudad, en la cual detectaron zonas de las ciudades en las cuales se realizan
mayores crímenes y se concentran mayor numero de criminales.
La escuela de Chicago, tomo
el modelo de dicha ciudad para tratar de explicar la delincuencia en ciertos
sectores, y explicó que en esa ciudad de pueden identificar 4 círculos según
explica el profesor Ibáñez (2012, págs. 98-99):
El
primero que es el centro, que es donde reside la mayor actividad comercial de
la ciudad, aquí se encuentran los bancos, los centros de la administración
pública, los centros comerciales. En estas zonas, los habitantes originarios se
van desplazando hacia zonas más alejadas, más tranquilas y menos conmocionadas.
Y aquí van quedando algunos rezagados de todo tipo, y en ocasiones pobres,
inmigrantes e indigentes.
El
segundo círculo son zonas de transición, en estas se encuentran las industrias,
son los antiguos suburbios de la ciudad donde residen la población pobre,
flotante o inmigrante.
El
tercero lo conforman las áreas urbanas, donde viven la mayoría de la clase baja
y media. Gozan de buenos servicios y de mejores condiciones de seguridad.
El
cuarto sector, es donde se encuentran la zona residencia de las clases altas,
que gozan de gran seguridad.
De acuerdo con este esquema,
la delincuencia se concentra en las dos primeras zonas, y va decreciendo hacia
la tercera y la cuarta. En las primeras zonas se presenta el deterioro
económico y social, y se presentan graves problemas de desempleo, problemas
familiares, deterioro cultural y urbano (Ibañez, 2012 pág. 99)
En este estudio se evidencia
que como el ambiente o el ecosistema influye en la criminalidad, pues se
descubrió que en las zonas más pobres y deterioradas socialmente, “se
desarrolló, sobre todo en los más jóvenes una actitud de inadaptación social
que pronto les condujo a la marginación social y a la criminalidad”(Muñoz;
Hassemer, 2012. Pág. 66). Ahora bien, la importancia de este estudio es que a
diferencia de las teorías de la escuela positivista italiana, es que la
criminalidad se desarrollaba, no por las condiciones étnicas o culturales de
los individuos, sino por las condiciones de las zonas en que habitaban (Muñoz;
Hassemer, 2012. Pág. 67). Así entonces, esta escuela permitió extraer el
problema de la delincuencia de porte antropológico y racista, a un problema de
ubicación geográfico, en el que las condiciones sociales de las zonas
socialmente afectadas, generaban problemas de delincuencia y conductas
desviadas.
De esta manera, podemos
entender que existen un grupo de factores que puede afectar una zona de una
ciudad o de un país, como el desempleo, la falta de educación, la falta de
servicios públicos, la falta de presencia de la fuerza pública, que hacen que en
éstas zonas que enquisten focos de delincuencia, organizaciones criminales,
pandillas o grupos al margen de la Ley, y al generarse estas zonas de
impunidad, las personas que ahí viven, son propensas a una relación más cercana
con el delito, siendo primero víctimas, y en muchas ocasiones incorporándose a
las organizaciones criminales, por decisión, por la fuerza, o por que no tienen
más opciones. Y eso es lo que ocurre con barrios en los que no entra la policía
y que son temidos por su peligrosidad, y por las acciones de las bandas
criminales, como las favelas en Brasil, las comunas en Colombia, los pueblos
jóvenes en Lima, y los ranchitos en Venezuela.
Ahora bien, hay que entender
también que este esquema se vuelve a concentrar en la explicación de los
delitos realizados en y desde los cinturones de pobreza y miseria, pero no
logra explicar, los delitos de cuello blanco, y que en efecto, los delitos no
es un tema exclusivo de solo barrios o zonas del país, sino de todas las zonas
y de todos los estratos.
EL DELITO COMO UNA ANOMÍA DEL
SISTEMA.
Un modelo ideado por Merton,
en el cual se entiende que la desviación que se manifiesta en el delito, es
producto de la estructura social, y es tan normal, como el comportamiento
conforme a las reglas legales y éticamente establecidas (Baratta, 2004, pág.
59)
Merton plantea que existe
unas metas y sueños culturalmente deseados que impone la cultura, como el
éxito, la riqueza, el lujo, etc., y a su vez, unos medios institucionales para
alcanzarlos legalmente. Cuando la estructura social impide que el individuo
alcance sus sueños o metas que la cultura le plantea, a través de los medios
legítimos, genera los comportamientos desviados (Baratta, 2004, pag. 60).
En este esquema, se plantea
que existen cinco escenarios posibles:
1.
La conformidad. Se pueden alcanzar los fines
culturales con los medios legítimos dispuestos en la estructura social.
2.
Innovación. Se buscan los fines culturales sin
el respeto de los medios legítimos.
3.
Ritualismo. Se respetan formalmente los medios
legítimos sin perseguir los fines culturales.
4.
Apatía. Se niegan los fines culturales y los
medios legítimos para conseguirlos.
5.
Rebelión. No solo se niegan los fines y los
medios, sino que se propone la sustitución por fines y medios alternativos.
En este esquema se puede ver
como a partir de las clases sociales (alta, media y pobreza), se pueden
plantear conflictos, en donde las personas que no pueden alcanzar los fines,
entran en el escenario de la innovación, en el cual se buscan los fines culturales,
y no se respetan los medios legítimos, generándose así la anomía, y en
consecuencia los comportamientos desviados.
El esquema de la anomía
explica que cuando en una sociedad existe un conflicto, donde ciertos grupos
quieren acceder a los medios para lograr sus fines culturales, pero que los
medios legítimos, como el trabajo, la asistencia social, el acceso a la educación,
la salud, la libertad de empresa, entre otras condiciones, que no se presentan
de forma eficiente, y que hacen que la persona no pueda alcanzar sus
propósitos, busque alternativas desviadas como el delito.
El problema y la crítica que
se le hace a dicho sistema es que en efecto permite explicar los delitos que
realizan las personas que la sociedad, no les permite lograr sus fines
culturales, sin embargo, ello no explica los delitos de cuello blanco, en los
que actúan personas que claramente cuentan con las condiciones para lograr sus
fines culturas e incluso, los tienen, pero que aún así delinquen.
Ahora bien, existen delitos
como los sexuales, que tampoco se pueden explicar en este esquema, porque en
estos, no se trata más bien de un problema de socialización y del individuo que
realiza el delito, y no un problema de grupos.
EL PLANTEAMIENTO DE LAS
SUBCULTURAS.
Este planteamiento viene de
Sutherland, quien fue el primero en hablar en los delitos de cuello blanco, y
de la impunidad de que gozan en el sistema penal. Planteaba que hay unos
delitos realizados por los grupos poderosos (políticos y empresarios), que no
se encuentran relacionados con la pobreza, la falta de oportunidades o la
discordancia entre los fines culturales con los medios para obtenerlos.
Sutherland plantea que la
delincuencia es un proceso de aprendizaje, donde los delincuentes aprenden cómo
realizar los delitos a través de los grupos delincuenciales a los que se unen,
o a través de la imitación.
Por su parte Cohen, también
partidario de esta teoría de las subculturas plantea en su tesis que explicaba
la criminalidad en las juventudes, expone que en ellas se plantea una
subcultura que representa la solución de problemas de adaptación, para los
cuales la cultura dominante no ofrece soluciones satisfactorias (Baratta, 2004,
pág. 70).
En otras palabras, existe una
gran sociedad con una cultura ética y legal establecida, pero al mismo tiempo
existen otras subculturas, que crean sus propios códigos y normas en los grupos
sociales, entre los cuales se encuentran las bandas criminales, que a su vez,
tienen sus reglas que se le imponen o que aprenden los que conforman estos
grupos.
Así entonces, se ven que las
subculturas criminales que se crean en las organizaciones criminales son
escuelas para los criminales, donde aprenden el modus operandi de los delitos,
pero al mismo tiempo adquieren un modelo de ideales y principios alternativos,
que favorables a la realización de los delitos, por lo que es muy importante la
comunicación y el adoctrinamiento.
Ahora bien, si bien es cierto
que las organizaciones criminales son verdaderas escuelas para los
delincuentes, y en el caso, de la delincuencia de cuello blanco, se puede
explicar, cómo grupos de personas se colocan de acuerdo para realizar un acto
de corrupción, creando una subcultura con fines criminales, no todos los
delitos se explican de esa manera, pues existen otros, que están más
relacionados con la pasión, la agresividad, la emocionalidad (Muñoz, Hassemer,
2012. Pág. 76), como los delitos sexuales, las riñas callejeras, la violencia
de género, la violencia intrafamiliar, y las acciones de los lobos solitarios.
LAS SUBCULTURAS Y LA
NEUTRALIZACIÓN.
Un complemento a la teoría de
las subculturas, es la neutralización. Cohen detectó la existencia de las
subculturas en las bandas de delincuencia juvenil, y las interpretó como “una
reacción de los jóvenes procedentes de los estratos sociales y económicamente
más bajos ante las frustraciones y fracasos a que se ven continuamente
expuestos para conseguir por los medios legales el estatutos y el bienestar que
tienen los jóvenes pertenecientes a las clases dominantes” (citado por Muñoz y
Hassemer, 2012. Pág. 77), y también expuso que dichas subculturas, tienen una
función de legitimación de la actividad criminal, donde se apartan de los
valores de la cultura dominante, y crean unos alternativos, que se contraponen
y sustituyen valores, creando unos autónomos.
A partir de dichos
planteamientos, un estudio posterior realizado por Sykes y Matza, describieron
un proceso, en el que las subculturas criminales neutralizaban los valores
socialmente mayoritarios, para justificar sus conductas:
1)
Negación de su responsabilidad: No tuve otra
opción, no tuve las oportunidades que tienen los otros.
2)
Negación del daño: quitarles un poquito a los
ricos, no es tan grave, solo hago justicia.
3)
Negación de la víctima: Recibió lo que se
merecía, era una mala persona, por personas como ella es que estamos así.
4)
Condenación de los condenadores: Todos los
políticos son corruptos, los jueces son injustos, los policías son los malos.
5)
Apelación a lealtades superiores: No le puedo
fallar a mis camaradas, a mis hermanos, a mis compañeros de causa.
Este proceso de
justificaciones de sus acciones neutraliza el poder de regulación del derecho,
y de los principios y valores de la sociedad en general, permitiéndoles cometer
los delitos. Y este es un proceso de comunicación y adoctrinamiento que los convence
de una conversión de valores por antivalores, que los hace entender que si bien
lo que están haciendo es malo, está justificado.
LA TEORÍA DEL ETIQUETAMIENTO.
La teoría del etiquetamiento,
parte de otro punto diferente y es que la criminalidad depende de la
selectividad que realizan las instituciones sobre las conductas criminales, de
los perfiles o grupos de delincuentes que se van a perseguir, y de las formas
como se van a tratar.
El planteamiento de la teoría
del etiquetamiento parte del poder, de las personas o las instituciones, que
tienen a su cargo la persecución de la delincuencia, en la definición del
delincuente, las conductas punibles y los procesos llevados a cabo para su
captura y procesamiento.
Según el interaccionismo
simbólico que propone esta teoría del etiquetamiento, “la sociedad esta
constituida por la una infinidad de interacciones concretas entre individuos, a
quienes un proceso de tipificación confiere un significado que es abstraído de
las situaciones concretas, y continúa extendiéndose por medio del lenguaje. Así
mismo, según la etnometodología la sociedad no es una realidad que pueda ser
conocida dentro del plano objetivo, sino como un producto de la construcción
social, obtenido gracias a un proceso de definiciones y tipificaciones por
parte de individuos y de grupos diversos.” (Baratta, 2004. Pág. 85) En otras
palabras, de la comunicación y de la interacción social, depende en gran forma
los procesos de criminalización y tipificación de las conductas desviadas.
De esta forma, se tiene claro
que no todos los delincuentes son perseguidos con la misma intensidad, que hay
muchos que nunca son detectados, otros son detectados pero no procesados, y
otros son procesados pero no condenados, por lo que hay una cifra negra, en la
cual, existen delincuentes que gozan de total impunidad en el sistema, y por
otra parte, existe el chivo expiatorio, que es el que sí persiguen, si procesan
y si condenan, y que representa la culpa de todos los que siguen delinquiendo y
no son condenados.
En este campo se puede hablar
también del derecho penal del enemigo, en el cual, el sistema identifica unos
enemigos del momento y se vuelca con todo su poder a combatirlos, y en
ocasiones a exterminarlos. De esta manera, existen factores de tiempo, modo y
lugar, que establecen la selectividad de estos enemigos y factores, culturales,
sociales y económicos que guían esta selectividad, por parte de las autoridades
que tienen a su cargo el poder del aparato punitivo.
Así las cosas, pueden existir
más de 300 delitos en el código penal, pero realmente el sistema se enfoca en
perseguir 50 clases de delitos, en un periodo de 3 meses, luego, cuando las
circunstancias cambian, y se presentan otros delitos o hechos relevantes, se
enfocan en otros 10 delitos más, y pueden dejar de lado 20 delitos, y ello,
genera una distribución del poder, los recursos y las técnicas para investigar,
procesar y condenar a cierto grupo de individuos según el momento y las
circunstancias.
Con esta tesis, ya no solo se
abarca la delincuencia juvenil, la delincuencia callejera, sino también la de
cuello blanco, sino también la política, la delincuencia sexual, los asesinos
en serie, donde el interés de su persecución depende en alto grado del poder de
selectividad del sistema, y de su capacidad e intención de combatirlos, ahora
bien, todo esto depende de la interacción, y del proceso de comunicación
social.
De esta manera, la cifra
negra se genera dentro de este sistema de interacción social, creando impunidad
para ciertos delitos y delincuentes dentro del ámbito selectivo del poder, así
como también le corresponde la selección del chivo expiatorio del momento.
Lo ideal en un sistema es que
se pueda a través del derecho penal enviar un mensaje de rechazo colectivo,
frente a determinadas conductas indeseadas, para neutralizar su comisión, y
para ello, el sistema debe ser coherente en el mensaje, no solo tipificando y
calificando la conducta de forma negativa, sino a su vez, actuando conforme a
dicha calificación, cuando el sistema no guarda esa coherencia comunicativa,
las conductas que socialmente son reprochadas pero no combatidas con acciones,
generando la impunidad, tienden a aumentar, generando una doble contradicción
tanto en la información de reproche de la conducta, como en el objetivo de
disminuir su comisión.
Así es como se puede ver cómo
en ciertas sociedades puede imperar la coherencia en el sistema respecto del
delito, y en otras sociedades donde impera un caos, y donde el mensaje no se
corresponde con la realidad, como en aquellas en las que existe conflicto
armado o donde existen organizaciones criminales activas atacando los derechos
de la sociedad civil. Igualmente tenemos que ver cómo en una sociedad puede existir
coherencia en unos puntos, pero incoherencia en otros, como donde se puede ver
cómo existe seguridad en las calles, pero corrupción en la administración
pública, o puede que no tengan problemas de narcotráfico, pero sí de trata de
personas, ya sea para fines de explotación sexual, o explotación laboral en la
minería ilegal.
El problema de la teoría del
etiquetamiento, es que pone de relieve que el proceso de etiquetamiento puede
ser arbitrario, selectivo y discriminatorio, y es un proceso que dependen de
los que ostentan el poder, y por ello, por ejemplo, un proceso de etiquetamiento
puede llevar a un régimen nazi, a un régimen de apartheid o a una dictadura del
cono sur o a un genocidio en África o en los Balcanes.
LA INTERACCIÓN SOCIAL Y LOS
ROLES.
Uno de los últimos temas a
tratar sobre la sociología es la interacción social y los roles, de la
interacción social debemos comprender la teoría de Habermas, sobre la
importancia de la comunicación entre los seres humanos, que genera acuerdos en
una interacción simbólica, donde entre dos personas con intelecto, se puede
llegar a unos acuerdos, generando así una interacción con base en dichos
acuerdos.
Esta interacción social con
significado simbólico, genera unos roles y unas expectativas sociales frente al
cumplimiento de dichos roles, que han sido previamente acordados por el
lenguaje, y que pueden ser posteriormente formalizados a través del derecho.
Así las cosas, podemos hablar de roles que pueden ser exigidos en el campo de
la moral o la ética, y roles exigidos a través del derecho.
El incumplimiento de los
roles por parte de un individuo afecta el proceso comunicativo, y afecta la
estabilidad simbólica del sistema, de ahí que surja la necesidad de negar el
incumplimiento de los roles, a través de una sanción.
Los roles surgen entonces de
la interacción social, y se pueden en un acuerdo comunicativo convertir en
derecho, sin embargo, cuando la sociedad no mantiene una comunicación
coherente, cuando existen conflictos no solucionados porque existen dos
posiciones que no llegan a un acuerdo, cuando el sistema genera violencia
estructural, y no existen coherencia entre lo que se afirma con lo objetivos
que se logran, pues la comunicación se vuelve caótica, y así mismo el derecho
penal, que es creado desde una sociedad así.
De esta forma, cuando la
comunicación es caótica, los roles creados que son la regla general, comienzan
a tener unas excepciones, y comienzan a debilitarse en unas partes, o
desaparecen en otras, así por ejemplo, existe la libertad de empresa y la libre
competencia, pero existe una empresa que está vendiendo a menor precio sus
productos, porque le esta lavando dinero a una organización criminal, que a su
vez financia las campañas del alcalde y el gobernador de la zona, que a través
de tráfico de influencias, acuerdan ilícitamente a la Fiscalía y la policía
para que no se investigue ni a la organización criminal, ni a la empresa
lavadora. En este ejemplo, encontramos que los roles establecidos desde el
derecho no se cumplen, y por el contrario, se cumplen unos acuerdos y roles
totalmente delictivos.
BIBLIOGRAFÍA
Baratta, Alessandro (2004). Criminología crítica y crítica del derecho penal. Siglo veintiuno editores Argentina.
Hassemer, Winfried; Muñoz, Francisco (2012. Introducción a la criminología. Tirand lo blanch. Valencia.
Ibañez, José (2012) Psicología e investigación criminal. La delincuencia especial. Dykinson SL.
Zaffaroni, Eugenio (2013) La cuestión criminal. Grupo editorial Ibáñez.
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