LAS AGRESIONES
Sexuales, EL LIBRE ALBELDRÍO Y LAS NEUROCIENCIAS.
Por: Jorge Arturo
Abello Gual
En principio tuve la convicción de que las agresiones
sexuales, ya sea en la modalidad de asalto o en la modalidad de abuso sexual
(Pianeta, 2022), eran ocasionadas por algún tipo de anomalía o trastorno mental
de parte del agresor, y creo que es lo que piensa la mayoría de personas en
todos los casos de agresiones sexuales, pues se piensa en el agresor como un
pervertido o un enfermo sexual, sin embargo, existen casos en los que los
agresores sexuales no padecen ninguna patología o trastorno mental y cometen
este tipo de delitos por una elección propia.
Hay que mencionar que pueden existir varias patologías
relacionadas con la comisión de delitos sexuales, como por ejemplo:
Sadismo que es el trastorno relacionado con la
agresión y con la intención de dominio, sometimiento y humillación a la
víctima, donde el agresor utiliza la violencia sexual como uno de los métodos
para alcanzar su finalidad (Mendoza, 2007).
Esta el pedófilo que es el que siente placer con ver
niños desnudos (Mendoza, 2007)., y para satisfacer ese deseo, acude al abuso
infantil.
Está el pederasta que siente placer con la penetración
en niños, y por tanto, viola o abusa de menores de edad.
Está el voyerista que disfruta ver a otros desnudos o
teniendo relaciones sexuales (Mendoza, 2007), y acude a la violencia para
satisfacer sus deseos.
Está el obsesivo compulsivo, que se obsesiona con una
persona y dice si no es mía, no es de nadie, o es el que dice, no descansaré
hasta que la tenga, o ella tiene que enamorarse de mí.
Esta el narcisista que agrede cuando se siente
rechazado o humillado (Garrido, 2018).
Esta el misógino que por alguna razón desarrolla un
odio hacía las mujeres.
La ninfomanía que es aquella persona que la única
forma que entiende el afecto es a través del sexo, y esta persona puede quedar
expuesta a una situación de violación (Mendoza, 2007).
En el caso de algunos padres abusadores, mal entienden
que el cuerpo del hijo o la hija le pertenece, y que por ello pueden realizar
un abuso, pero como entienden que es su hija o hijo, lo mejor es que no se sepa
(Mendoza, 2007). Otros en cambio, hacen sustitución de la madre con su hija,
cuando hay casos de abandono o muerte de la madre.
En fin, hay mucho más ejemplos de trastornos que
pueden conducir a las agresiones sexuales, sin embargo, no todas las agresiones
sexuales se producen por causa de estos trastornos, así por ejemplo, se
encuentran circunstancias en las cuales, una persona se encuentra ante una
decisión de infringir o no la Ley, como cuando un conductor analiza si se pasa
el alto de un semáforo en rojo, y aunque parece una comparación descabellada, o
una analogía bastante chocante, un sujeto que viola, también puede entrar en el
mismo dilema del conductor, es decir, si vulnera o no la libertad sexual de
otra persona, entendiendo ésta como la capacidad para aceptar, el cómo, el
donde, el con quién y el cuándo de una relación sexual.
Casos como por ejemplo, “el amigo” que siempre estuvo
enamorado de su mejor amiga en secreto, y en una fiesta donde ella está
borracha e inconsciente, decide accederla sexualmente, aprovechando su estado
de indefensión. O el que conoce a una mujer en una fiesta, y está termina
inconsciente, y decide accederla, aprovechándose de su estado de inconsciencia.
El tío que es provocado con un coqueteo por su sobrina menor de 14 años, y
accede a ella. El primo menor de edad, con su prima en medio de un juego de fuerzas,
la somete y aprovecha para realizar actos abusivos. El hombre que encuentra a
una mujer hermosa o a su amor platónico en una situación de inconsciencia, o
solicitaría y desprotegida. El soldado que encuentra a una mujer bañándose en
el río, durante una misión en la selva. El policía que captura a una
prostituta, y la tiene a merced de su autoridad. El jefe que le gusta una de
sus empleadas y decide acosarla a ver qué ocurre, el profesor que decide acosar
a su estudiante, o le califica mal los exámenes para posteriormente abusar de
ella, o el ministro o pastor espiritual con alguna de sus feligreses, que se
aprovecha de su condición para acosarla o acceder a ella, o el médico con
alguna de sus pacientes, que se aprovecha de su posición para acosarla.
En este grupo de casos, puede verse que existe un
conflicto ético y moral respecto de una decisión que puede implicar la
realización de un delito sexual, que en principio no estaría relacionado con
algún trastorno mental, sino como una decisión que debe tomar una persona al
presentársele una situación ventajosa o una oportunidad para realizar un delito
sexual. Podríamos hablar de que no se trata de un hecho recurrente, sino una
tentación o una oportunidad para cometer un delito sexual. De esta manera, vamos
a analizar cuáles serían los factores a tener en cuenta para analizar la
decisión que toma una persona en este tipo de circunstancias, donde es claro
que muchas personas decidirían NO realizar la conducta, pero hay otras, que sí
lo harían.
Para comenzar a analizar la decisión que toma una
persona sobre el hecho de realizar o no un delito, nos ubicamos en la noción de
la culpabilidad en la noción del reproche, o de la no realización de una
conducta contraria al derecho, esto en el sentido de que la persona tiene la
libertad de escogencia entre una conducta acorde con el derecho y una conducta
contraria al derecho (Velásquez, 2022)(Jager, 2013), y en efecto, se escoge una
conducta contraria, por lo cual, se afirma su culpabilidad, como en el ejemplo
del conductor del semáforo que tiene que elegir entre pasarse la luz en rojo o
no.
Ahora bien, sobre este tema, las neurociencias han
generado un debate en relación a que no es cierto, según algunos estudios que
explican cómo funciona el cerebro, que el individuo tenga libertad para dominar
su comportamiento, pues, se ha planteado por parte algunos científicos entre
ellos Libet (Jager, 2013), que el comportamiento no se encuentra ligado a la
voluntad, sino que se encuentra determinado previamente por el inconsciente, y
que por tanto, según esta postura, un individuo no decide lo que hace, sino que
hace lo que está predestinado a hacer (Jager, 2013) (Hirsch, 2013). De acuerdo
con ello, el ser humano no sería libre de decidir, sino que está preordenado a
hacer las cosas, pues se plantea:
“… que el reflejo preconsciente de querer o hacer
algo, es más rápido que el hacer consciente. De ello concluyó Libet que el
cerebro inicia procesos volitivos antes de que la persona sea consciente de esa
voluntad.” (Jager, 2013)
La consecuencia de dicha postura es que el ser humano
reacciona a los estímulos, a la realidad que lo rodea a través su
subconsciente, y el cerebro solo reacciona a estos estímulos, partiendo del
conocimiento previo y las emociones (Jager, 2013). La consecuencia de esta
postura, es el determinismo extremo, es decir, toda persona hace lo que está
predeterminado a hacer de conformidad con su personalidad, y por ello no
tendría libertad alguna para decidir, de acuerdo con lo anterior, un sujeto
viola a una persona, porque estaba predeterminado a ello.
“A partir de los experimentos en la Universidad de
California del neurólogo Libet (…) mejorados por Patrick, Haggard y Martin
Eimer, (…) consideran que en la medida de que no existe escisión entre la mente
y el cerebro, y de que nuestra actuación consciente representa una ínfima parte
de nuestra actividad cerebral, todos estamos determinados en nuestro
comportamiento por procesos que no podemos controlar y de que por tanto, no se nos debería hacer
responsables en la medida en que no hacemos lo que decidimos, sino que
decidimos lo que vamos a hacer de todas maneras (bien sea elogiable o
delictivo).” (Feijoo, 2013)
En gran forma, esta postura va en contra de la
concepción del derecho que se fundamenta en la libertad, en responsabilidad y
en la culpabilidad, entendida esta como la libertad de toda persona de actuar
(Jager, 2013) (Feijoo, 2013). Según dicha concepción, las personas no tienen
libertad de actuar, sino que están determinados a actuar de cierta manera, casi
que instintivamente.
De esta manera, un violador ataca a su víctima porque
está determinado por su personalidad, y no porque tenga la posibilidad de
decidir si lo hace o no. Desde este punto de vista, en los casos que se
señalaron anteriormente, donde se presenta una ocasión para el individuo de
realizar un delito sexual, se podría establecer que aquellos cuya personalidad
está determinada a realizar los delitos sexuales lo haría, y aquellos que no
están determinados, no lo harían.
En la misma línea de pensamiento, se plantea una
vertiente diferente del mismo estudio, en el que dice que si bien, la actuación
del sujeto estaría determinada previamente por su personalidad, sí existe un
derecho a veto por parte del individuo, que podría dar como una especie de
orden de cancelación al acto que va a realizar. De esta manera, a pesar de que
exista una predeterminación a realizar un delito, el cerebro puede enviar una
orden de anulación del acto, y para ello, se coloca el ejemplo de quién quiere
robar un banco, y encuentra que en el momento en que se dispone a realizar la
acción, hay 5 policías más, además del guardia de seguridad, y por tanto,
decide abortar el acto criminal para evitar una confrontación que no le
favorece (Jager, 2013). De acuerdo con lo anterior, se puede plantear que si
bien se le puede presentar una oportunidad a una persona de realizar una
violación, y aún estando determinado para ello, el actor puede vetar o anular
la actuación para no realizar el delito. En esta postura, sí existiría la
posibilidad de que el delincuente pueda tomar una decisión, a menos que exista
alguna anomalía mental que le impidiera bloquear el acto iniciado (Jager, 2013).
Según esta postura, el derecho de veto que tiene cada
individuo se prueba, con dos ejemplos, el primero, es que ni aún en un estado
hipnótico una persona no mataría a un familiar, a menos que exista alguna
anomalía, o que en los sueños, nadie busca suicidarse o auto infringirse algún
daño -a menos que existiera alguna anomalía-, y a partir de ello, plantean que
existe en cada individuo un alto grado de resistencia al instinto en acciones
que tienen alta carga moral o ético, entre los que se encuentran lógicamente
los delitos (Jager, 2013). En esta postura encontramos entonces, que no todo es
instintivo y que el individuo sí se puede resistir y cancelar una acción que
implique un acto de violencia o abuso sexual, a menos que exista un trastorno
mental.
En este orden
de ideas, encontraríamos dos consecuencias a esta teoría, la primera, es que
una persona tendría en principio la opción libre de vetar la acción delictiva,
y al no hacerla se confirma el reproche de culpabilidad, y la segunda, que en
definitiva, solo las personas con anomalías o trastornos mentales son incapaces
de resistirse a una oportunidad o a sus instintos, porque no pueden vetar o
anular la acción delictiva.
Entonces, nos encontramos a tres tipos de personas,
los primeros, que son los que logran bloquear o vetar la acción, y no cometen
el delito muy a pesar de sus instintos y la oportunidad que se le presenta, los
segundos, que no logran bloquear o vetar la ejecución del acto y no tienen
anomalías, y los terceros, que tienen anomalías y muy a pesar de tener la
opción de bloquear o vetar el acto, no lo pueden hacer por presentar un
trastorno, lo cual, sería un tema a tratar desde el punto de vista del concepto
de inimputabilidad, para resolver si el trastorno puede generar un estado de
inimputabilidad o de inimputabilidad disminuido, que en todo caso, deberá
generar la incapacidad para comprender la ilicitud de su acto o la incapacidad
para autodeterminarse con base en la comprensión. Esto nos lleva a un análisis
más complejo, y es ¿cómo puede una persona que se encuentra consciente de lo
que está haciendo, ser inimputable, si en su subconsciente está predeterminado
a hacer el acto? y fuera de todo, ¿Cómo sería alguien imputable si además de
estar predeterminado a realizar un acto, padece de un trastorno mental que le
impide bloquearlo o vetarlo? Definitivamente con el determinismo y con el
planteamiento de las neurociencias, habría sin duda un cambio en la forma de
discutir y controvertir el estado de inimputabilidad de un procesado.
Existe otra postura que se enmarca en la comunicación
y el ámbito social del ser humano, que se opone completamente a la versión
determinista, y plantea que los seres humanos tienen una parte orgánica, pero
al tiempo una parte social. Para explicar lo anterior, un ejemplo del profesor
Yesid Reyes (2021), quién menciona que si un simio ve cómo un hombre sustrae
del bolso de una señora su billetera, solo ve el hecho de la sustracción de un
objeto por parte de otro, pero si un ser humano o más bien un abogado observa
el mismo hecho, para este, existiría un hurto agravado.
De conformidad con ello, no es que a un individuo se
le coloque una pena porque no optó por una conducta conforme a derecho, sino
porque se requiere rechazar la conducta ilícita frente a toda la sociedad. Según
esta visión, en el proceso de formación de un individuo, se le enseña a través
de la comunicación varias habilidades como las matemáticas, la física, el
lenguaje y las demás ciencias, que quedan almacenados en el subconsciente, y
que el individuo utiliza para resolver sus problemas en la vida diaria.
Así las cosas, las experiencias y la formación
académica hacen que un individuo resuelva o no pueda resolver ciertas
situaciones, de ahí que los deportistas desarrollan sus habilidades de la
práctica y la experiencia, los ingenieros a través del estudio y la
experiencia, y así en todas las personas, pues podemos hablar de un campesino
que no ha tenido acceso a la educación, pero su experiencia y observación le
permiten desarrollar su trabajo. De acuerdo con ello, los individuos tienen
como experiencia vivir en sociedad dentro de unos límites, como por ejemplo los
límites que impone las leyes que regulan el tráfico en las vías de las ciudades,
o las leyes que prohíben la realización de ciertas conductas como el derecho
penal. Así las cosas, la sociedad, el conocimiento y la comunicación, son una
dimensión adicional que influye en el comportamiento del individuo y lo regula,
a través de la información y la comunicación que se le suministra al cerebro
para que desarrolle todas las actuaciones.
De esta manera, un individuo que se encuentre ante una
oportunidad de realizar una violación o un acto abusivo en contra de otra
persona, tendría a pesar del instinto (le gusta una mujer, tiene algún fetiche
o se encuentra altamente excitado o es provocado por la víctima), de vetar o
anular la actuación ya sea por ser un acto con alto contenido ético o moral, o
anularlo a través de su conocimiento, experiencia, y lo que le ha sido
comunicado durante toda su vida.
De ahí que sea tan importante el proceso de formación
de las personas con relación al respeto por la libertad sexual de las demás,
las formas de abordar las relaciones interpersonales, afectivas y sexuales, y
la necesidad de sostener relaciones de igual a igual, y no de sometimiento o
subordinación, para efecto de crear un arraigo moral y ético, que impida o
bloquee las acciones instintivas que podrían conducir a realizar delitos
sexuales.
La cultura machista en los delitos sexuales también
juega un importante papel en la comunicación y en la creación de la cultura
social, pues en muchas ocasiones frases como “quién la manda a andar de
borracha”, “eso es lo que se merece por tener la vida alegre”, “cuando una
mujer dice que no, es tal vez un sí”, “papaya puesta, papaya partida”, “a las
mujeres les gusta que las sometan”, “entre más brava mejor” son ejemplos de
mala comunicación que se implantan en la cultura y en el subconsciente y
justifican una violación, abuso o acoso sexual. Esta cultura de la violación
generada por esas frases, comunica erróneamente antivalores como valores,
generando una confusión al momento de tomar una decisión.
Se puede decir, que se genera un dilema parecido al de
la moral y la ética, algo así como la moral es relativa y depende de cada
persona, así las cosas es moral aprovecharme y violar a una mujer que se ha
pasado de tragos, y que debe asumir las consecuencias, o más bien, es ético
pensar que no debo vulnerar la libertad sexual de una mujer, y mucho menos
aprovecharme de su estado de inconsciencia.
Por otra parte, la falta de experiencia, de
conocimiento y la pornografía en los adolescentes también genera un cuadro
complejo de confusión y que promueven también la violación, toda vez que se
parte de conceptos errados y sesgados de la sexualidad, donde la violencia y el
sometimiento mostrado por la pornografía es mal interpretada, por los
adolescentes como satisfactoria y excitante, cuando más que una realidad, es
una actuación o una tergiversación de la realidad. Así las cosas, se imitan
modelos agresivos, fetichistas y sadomasoquistas ajenos a la realidad, por
falta de conocimiento y experiencia, en una irresponsabilidad absoluta. La
consecuencia de lo anterior, son jóvenes proclives a violar por imitación, y
jóvenes violadores por imitación libres o en las cárceles, y unas víctimas destrozadas,
humilladas y afectadas de por vida, por culpa de los efectos de la cultura
pornográfica.
Las decisiones de una persona sin duda estarán
influenciadas por sus instintos, pero al mismo tiempo por su formación,
experiencia y conocimiento, en este
espacio la ética que tiene que ver con la fundamentación de valores sobre la
toma de decisiones juega un papel fundamental, en este tema de los delitos
sexuales que se realizan como producto de una decisión “libre y espontánea”
encontramos tres modelos, uno basado en la idea de que el individuo hace lo que
está determinado a hacer, y no tendría otra opción, otro, en el que si bien, el
individuo hace lo que está determinado a hacer, tiene un derecho de veto o
bloqueo, sobre esa acción, especialmente cuando implica una valoración moral y
ética alta, como ocurre con la realización de un delito sexual, y otro modelo,
que parte de la comunicación, en el que la formación, la experiencia y el
conocimiento, definen y determinan las actuaciones de los individuos, bloquean
los instintos y evitan la comisión de delitos desde la ideación del delito,
hasta la ejecución, y el desistimiento.
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