martes, 26 de junio de 2018

COMENTARIO SOBRE EL MÉTODO DE MACCORMICK

En la presente actividad tendrán que hacer un comentario en el cual se tome una de las ideas de las siguientes lecturas:

Antisemitismo alemán:
https://lasmentirasdelracismo.wordpress.com/2016/01/13/14-5-el-antisemitismo-racial-aleman/

Hitler y el racismo:
https://lasmentirasdelracismo.wordpress.com/2016/01/13/11-1-adolf-hitler-el-racismo-como-politica-de-estado/

Luego de escogida la idea, tendrán que desarrollar un argumento que contenga el esquema argumentativo de Maccormick, en el que se exprese:

a. Un argumento consecuencialista.
b. Un argumento de coherencia.
c. Un argumento de consistencia.

El comentario no debe exceder de una página.

jueves, 14 de junio de 2018

DEBATE: CODIFICACIÓN DEL DERECHO Y LAS FUENTES MATERIALES DEL DERECHO, Y EL PAPEL DEL JUEZ



En Europa, precisamente en nuestra tradición romano-germánica del derecho (Civil Law), se presentó un debate jurídico muy fuerte entre los franceses y los alemanes luego de las guerras napoleónicas. 

Los franceses habían creado un código civil, que se conocería como el código napoleónico que se implantó en Francia luego de la revolución francesa y con la llegada de Napoleón Bonaparte. El Código Napoleónico estaba concebido bajo dos premisas:

La primera que era la prevalencia del Legislador frente a los jueces, iniciando con ello la era del positivismo exegético donde los jueces solo eran la boca de la Ley. 

Y la segunda, de proveer a la sociedad de un orden legislativo codificado, que permitiera la consolidación del mandato legal sobre la sociedad a través de leyes sistemátizadas y ordenadas en los temas, pasando de la compilación a la codificación, para crear un estado de orden y seguridad jurídica.

La codificación fue un éxito, pero aún así, la influencia de la escuela histórica del derecho se hace sentir, y no deja de ser evidentemente importante, por cuanto permite la adaptación del derecho a las circunstancias reales de la sociedad, promoviendo la evolución jurídica conforme a los hechos reales de la sociedad y sus costumbres.

La lucha entre un derecho estático pero seguro, y un derecho continuamente en movimiento conforme con los avances de la sociedad genera una amalgama de argumentos y situaciones que aún podemos evidenciar en la práctica jurídica.

De acuerdo con lo anterior, la actividad que se va a desarrollar es la siguiente:

Ley la siguiente lectura sobre la codificación:


Y luego leer la siguiente lectura sobre la escuela histórica del derecho:


Con base en las dos lecturas, deberás elaborar dos argumentos a favor de la codificación y dos argumentos a favor de la escuela histórica del derecho.

La extensión máxima debe ser de una hoja, y deberán publicarla en esta entrada como un comentario. Recomiendo que elaboren el comentario en word, lo graben y luego lo copian y lo pegan en el comentario del blog.



lunes, 4 de junio de 2018

CURSO DE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA


CURSO DE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.


PARTE PRELIMINAR

Césare Beccaria

Caso Marbury Vs Madinson
LA ARGUMENTACIÓN.

Aristóteles:

Manuel Atienza

Perelman
PRIMER DEBATE:
Guerra de Siria: Debate Obama contra Putin:
TEMAS SOBRE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

¿Qué es la argumentación jurídica?

Importancia de la argumentación jurídica.

El proceso  o método de la argumentación jurídica en la práctica.


Tipos de argumentos.


Las falacias: sofismas y paralogismos.


Método de valoración lógica de los argumentos: Toulmin


La argumentación jurídica y el auditorio: Perelman ¿Persuadir o convencer?


Método para soportar decisiones judiciales con argumentos netamente jurídicos: Marc MacCormick.

Las reglas de un debate ideal y la argumentación jurídica: Alexy y Habermas.




LECTURAS PARA EL PRIMER PARCIAL:

CASO DE LOS FALSOS POSITIVOS:

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/search?q=FALSOS+POSITIVOS
RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR EN LA ESTRUCTURA MILITAR:
https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/search?q=RESPONSABILIDAD+DEL+SUPERIOR
DIFERENCIA ENTRE EL DIH Y EL DIDH.
https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2017/08/diferencias-entre-el-didh-y-el-dih.html


TIPOS DE ARGUMENTO:


Lectura: Diez argumentos a favor de la paz:

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2016/05/diez-argumentos-favor-de-la-paz-en.html

Diez propuestas para la justicia transicional:

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2016/10/diez-propuestas-para-una-justicia.html

Ideologías radicales y la coherencia.

https://elblogdelimprudente.blogspot.com/2017/04/el-poder-de-la-logica-en-las-ideologias.html

La oclocracia:
https://elblogdelimprudente.blogspot.com/2017/12/la-polarizacion-en-colombia-y-el.html

El poder de las redes sociales:
https://elblogdelimprudente.blogspot.com/2016/11/que-pasa-con-el-quinto-poder-en-las.html

La contratación es el motor de la corrupción:
https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2016/08/la-contratacion-es-elmotor-de-la.html

Diferencia entre el capitalismo y el socialismo:
http://elblogdelimprudente.blogspot.com/2017/11/diferencia-entre-el-socialismo.html



DEBATE ENTRE KELSEN Y SMITH.


Concepto de derecho según Kelsen:
https://agabogadosyempresarios.blogspot.com/2018/06/iusnaturalismo-vs-positivismo.html

Sobre le guardan de la Constitución:

Antisemitismo alemán:
https://lasmentirasdelracismo.wordpress.com/2016/01/13/14-5-el-antisemitismo-racial-aleman/

Hitler y el racismo:
https://lasmentirasdelracismo.wordpress.com/2016/01/13/11-1-adolf-hitler-el-racismo-como-politica-de-estado/

Video Segunda Guerra Mundial:
https://www.youtube.com/watch?v=AYQ8hT8cVTE&t=76s

Opcional:
https://www.youtube.com/watch?v=TJIsi9ZDSFY


ACTIVIDAD: COMENTARIO DEBATE KELSEN Y SMITH:
DEBATE HART Y FULLER

Concepto de norma según Hart:

Debate Hart y Fuller y el Nazismo Aleman:



Sentencia Salvador Arana:



DEBATE HART Y DWORKIN

Concepto del derecho según Dworkin:

Lectura: Debate de Hart y Dworkin:





LA PONDERACIÓN

Principios Generales del derecho:


Ponderación según Atienza.
https://youtu.be/613sJPk0Ui0

Atienza: cuando hay que ponderar?
https://youtu.be/au7mZZCJh28

García Amado, en contra de la Ponderación:
https://www.youtube.com/watch?v=bCBcrayDYp8

Luigi Ferrajoli en contra de la Ponderación:
https://www.youtube.com/watch?v=5vBHGhXzqAc


Lectura sobre la ponderación para el debate final:

https://aprendeenlinea.udea.edu.co/revistas/index.php/derypol/article/viewFile/2116/1832

DEBATE SOBRE LA PONDERACIÓN



PRECEDENTE JUDICIAL EN COLOMBIA:

Artículo sobre el precedente judicial y la estructura de las fuentes del derecho:
Artículo sobre el precedente judicial en Colombia:

Sentencia C 836 de 2001:
Sentencia C-621 de 2015

Bernal Pulido: precedente judicial:

Sentencia C-335-2008

Sentencia T-656-2011.

LA TEORÍA DE LA SUSTITUCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN.

Sentencias:

Sentencia C-249-2012:
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/c-249-12.htm

Sentencia C-141 de 2010:
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/c-141-10.htm

Artículos:

Santiago García y Francisco Gnecco.
http://www.scielo.org.co/pdf/vniv/n133/0041-9060-vniv-133-00059.pdf

Juan Gabriel Gómez:
https://revistas.unal.edu.co/index.php/anpol/article/view/43507/4479





viernes, 1 de junio de 2018

CASO PRACTICO PARA DELINCUENCIA EMPRESARIAL.

Por: Jorge Arturo Abello Gual


Los señores alías Piquiña y alías Picazón, son los líderes de una organización criminal dedicada a múltiples actividades delincuenciales de las cuales reciben muy buenos ingresos, y por ello, también tienen socialmente una buena posición, con muy buenas relaciones a nivel comercial y empresarial, pues también manejan varias empresas legales y una agencia aduanera.   

Facundo Espinoza, gerente del laboratorio Draco, que atraviesa una grave crisis económica, decide contactar a los señores Piquiña y Picazón, para que le consigan un cargamento de 1000 unidades del medicamento Z8, que sirve para tratar la enfermedad de artritis, del cual, se había comprometido con una EPS, a suministrarlo a sus usuarios. El medicamento tenía un costo de $500.000, por cada unidad, dentro de los precios delimitados por la Superintendencia de Salud. El laboratorio Percances dueño de la patente del producto Z8, había firmado contrato de exclusividad con Laboratorios Draco para su distribución en Colombia. Este negocio se convertía en la única salvación económica de la empresa, y el señor Facundo Espinoza, solo contaba con $50.000.000, para realizar el negocio, no tenía cupos bancarios disponibles para más préstamos. La posible utilidad en el negocio, de acuerdo con la compra podía ser de un 30% del total de la compra, y podían incrementar, si aumentaba las ventas del producto.

Los señores Piquiña y Picazón, le dijeron a Facundo Espinoza, que no se preocupara que ellos, se encargarían del tema, pero debía hacer lo siguiente:
    Laboratorios Draco, debía consignar a favor de la empresa Memba agencia aduanera, la suma de $50.000.000.oo, para iniciar la importación de la medicina, que se iba a encargar por Panamá.
     La carga se traería en dos viajes, cada uno transportaría 500 unidades de la medicina Z8. El primero de ellos se recibió el 8 de Octubre de 2014, y el segundo debía recibirse el 8 de Diciembre del mismo año.
      La empresa Memba agencia aduanera, de los señores Piquiña y Picazón, se encargarían de pagar la totalidad de la carga, y a cambio, solicitaban una participación en las utilidades del 50%. Para garantizar el pago, los señores Piquiña y Picazón, solicitaron al señor Facundo, que le permitiera a uno de sus empleados, fiscalizar directamente el estado de las ventas del medicamento.
     Piquiña y Picazón, le manifestaron al señor Facundo, que estaban interesados en invertir en el mercado farmacéutico, y que le harían un aporte a su empresa de $20.000.000.oo mensuales, a cambio de ello, le pidieron a Facundo que les permitiera administrar y percibir las ganancias de una pequeña droguería que el Laboratorio tenía en ciudad Bolívar, a lo cual, el señor Facundo accedió. 

      Los pagos comenzaron a darse después de quince días de firmado el acuerdo.

Cuando llegó el primer cargamento de medicinas, y llegó a Draco Laboratorios, se evidenció en las cajas, que de acuerdo con el conteo, que llegaron 700 unidades, en vez de 500, sin embargo, no se vio con malicia el tema, se dijo que era mejor, pues se tenían más medicinas disponibles, y se le podía dar a más pacientes.

Los pedidos iban aumentando, y otras EPS, se interesaron en que laboratorios Draco les suministrara el medicamento, por tanto, se pudo ampliar el suministro a dos EPS más, para lo cual sirvió que hubieran sido 700 unidades, en vez de 500, y la empresa siguió facturando, recibiendo pagos parciales de las EPS.

Llegó el segundo cargamento de medicamentos con 800 unidades, hecho que no se objetó, pues ya habían suscrito contratos con 5 EPS, y la facturación iba muy bien.

A los dos meses, algunas EPS, devuelven algunas facturas porque la carta de importación de varios productos, tenían inconsistencias, pues el número se encontraba repetido, y los consecutivos de los lotes no coincidían.

Con el segundo cargamento, varios usuarios encontraron inconsistencias en la presentación y en las etiquetas de los medicamentos, y no los recibieron.

El laboratorio comenzó a realizar una auditoría, y encontró que del primer cargamento, las 200 unidades extras, no habían sido ingresadas legalmente al país. También se encontró, que del segundo cargamento, solo 400 unidades habían ingresado legalmente al país y que 200 se encontraban evidentemente adulteradas, con la marca del laboratorio de origen adulterada, que 140 más tenían el contenido del producto también adulterado, y que 60 de las unidades debidamente ingresadas al país, habían sido hurtadas de las bodegas del laboratorio.

El laboratorio Percances, que producía, la droga llegó a Colombia, y presentó denuncias penales en contra de los representantes legales del Laboratorio Draco, el Invima abrió investigación administrativa, y también denunció los hechos. Igualmente, las diferentes EPS que contrataron con Laboratorios Draco, también denunciaron la situación.

Otras 5 EPS, denunciaron a Laboratorios Draco, por facturar medicamentos por encima de lo establecido en la Ley (Estaban vendiendo la medicina en $650.000.oo, a través de la Droguería de Ciudad Bolívar, así como de suministrar otros medicamentos adulterados a través de la misma.

En otra investigación que había abierto la Fiscalía por un reporte realizado por un banco, se acusó también a los representantes legales de Laboratorios Draco, de Lavado de activos, al recibir dineros de empresas sospechosas, y altas cantidades de dinero, que se reportaron como transacciones sospechosas en las cuentas principales del Laboratorio y de su sucursal en ciudad Bolívar, por más de 1000 millones de pesos, que fueron ingresados un día, y retirados al día siguiente.

En la auditoría realizada por Laboratorios Draco, se encontró que la persona que los señores Piquiña y Picazón habían designado para vigilar las ventas, el señor Jesús Visbal, fue también el encargado de sustraer medicamentos de la bodega de Laboratorios Draco, y cambiarlos por los medicamentos supuestamente adulterados. Igualmente, se encontró que el mismo señor, había sustraído varias fórmulas de varios medicamentos que producían en Laboratorios Draco, sobornando al jefe del departamento químico, que llevaba 5 años trabajando en la empresa, y que tenía dentro de su contrato el cumplimiento de una cláusula de reserva. 

Al finalizar su investigación, el INVIMA probó, que los medicamentos supuestamente adulterados, 300 fueron falsificados en sus marquillas, pero el medicamento conservó su fórmula original, pero que efectivamente no habían sido producidos por Laboratorio Percance,  y se demostró, que habían sido distribuidos a través de Laboratorios Draco, y especialmente por la farmacia de ciudad Bolívar. También se comprobó, que 300 productos fueron ingresados ilegalmente al país, pues no fueron incluidos en la declaración de importación.

Según el interrogatorio de Jesús Visbal, capturado por orden de un juez de control de garantías, la fórmula del medicamento fue copiada por un laboratorio denominado "El Hechicero", de propiedad de Dorotea Hernández, donde se reprodujo el medicamento en varias ocasiones, y la marquilla fue falsificada por una conocido personaje de San Victorino “alías  pesuña”, y a partir de ello, se comenzó a distribuir el medicamento a través de la farmacia de ciudad Bolívar. Draco a otras 5 EPS, los medicamentos ilícitamente reproducidos, y cuya facturación llegó a 500 millones. Estos contratos no los conocía el señor Facundo Espinoza, porque su firma fue adulterada.También se estableció que la agencia aduanera importó más medicamentos de los que declaró. 

Por último, se encontró que la Droguería de ciudad Bolívar, tuvo una facturación en efectivo durante cinco meses que alcanzó la suma de 200 millones de pesos, que tampoco aparecen en caja.

PREGUNTAS:

Dividan el salón en dos grupos, que deberán trabajar los siguientes temas. Este trabajo deberá sustentarse en grupo, el día miércoles, donde no puede faltar ningún miembro.

GRUPO 1.

Determine, ¿Qué delitos se cometieron en el presente caso?
¿Cómo se armaría la defensa del señor Facundo Espinoza, Representante legal de Laboratorios Draco?
¿Qué funcionarios de Laboratorios Draco deben responder por los delitos realizados?


GRUPO 2.

Con base en los hechos narrados, ¿Cómo debe realizar una formulación de imputación la Fiscalía? ¿A quiénes debe imputar? ¿Y por qué delitos?

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