jueves, 15 de octubre de 2026

CASOS BAEZ

 

1.    El día 13 del mes de noviembre de 2014, el señor  BAEZ, presentó una fuerte molestia estomacal con dolor agudo. El señor fue ingresado por urgencias de Colsanitas ubicada en la Cra 50 con 82, de la ciudad de Barranquilla. Donde fue atendido y se le diagnosticó cálculos en la vesícula, por lo cual, fue programado para cirugía, con el propósito de extirpar la vesícula.

2.    La operación fue programada inicialmente para el día 13 de Noviembre de 2014 por el Dr. CRUZ, en la clínica del Caribe, a través de la prepagada de Colsanitas. Sin embargo, no pudo llevarse a cabo porque el paciente presentaba una infección que debía ser tratada antes de la operación. Por lo anterior, se tuvo que aplazar la cirugía para el día 16 de Noviembre de 2014.

3.    El día 16 de Nov a la 1.00 pm le fue entregada la orden para cirugía interna y ese mismo día a la 1.00 pm fue realizada la intervención, según las notas médica, sin novedad. El procedimiento realizado fue una COLECISTECTOMIA POR LAPAROSCOPIA.  Este día estuvo en recuperación y fue pasado a su habitación con buen pronóstico,  fue monitoreado de manera habitual después de una cirugía de este tipo, le dieron 3 días de hospitalización, al día siguiente ya empezó a ponerse amarillo y la bilirrubina le empezó a aumentar.

4.     Los días 17 y 18 seguía aumentado la bilirrubina y el Dr. CRUZ le programó una Conlangio resonancia magnética para hacer una limpieza de posibles residuos dejados en la cirugía producto del derrame de pus que se presentó.  Este procedimiento lo programaron para el martes 18 de Noviembre en horas de la tarde.

5.    Este fue el momento crítico inicial, ya que el Dr. que hizo la colangio resonancia le informó a la esposa del paciente que no había podido hacer la limpieza ya que el conducto biliar, por donde debía pasar la sonda, estaba obstruido con un clic que fue colocado por error en la cirugía.  Le comentó que ya le había notificado la situación al Dr. CRUZ, quien le informó a la esposa del paciente que no había de que preocuparse que le iba a programar un TAC para revisar cual era la situación.

6.    En este punto se evidencia el daño producido en la intervención, el cual se explica de la siguiente manera: En un procedimiento correcto se debe colocar el clic en el conducto hepático llamado cístico, que es un conducto que va desde hígado y pasa a la vesícula. En el caso del señor BAEZ, el clic se colocó en el conducto hepático denominado coleodoco, al cual confluyen los conductos hepático derecho, hepático izquierdo, que se unen al conducto cístico, en el conducto común, para luego pasar al coleodoco que vierte la bilis en el intestino.  Al colocar el clic en este último conducto, la bilis no puede llegar al intestino y por ello se devuelve  al hígado, y éste, lo irriga al resto del cuerpo. En síntesis, el médico CRUZ obstruyó el conducto hepático equivocado  con un clic, y con ello, generó todo el colapso en el sistema biliar que se expandió por todo el cuerpo.

7.    Este hecho siempre fue reconocido por el médico tratante el doctor CRUZ, y luego corroborado por el Dr. FARO, ellos siempre admitieron que el clic se colocó por error, pero realmente, no fue un error, fue un mal procedimiento que generó todo el colapso del paciente luego de la cirugía.

8.    A partir del 19 de Noviembre de 2014 el paciente fue desmejorando en sus condiciones, su piel lucía amarilla, la bilirrubina aumentaba, y padecía de mucho dolor en el abdomen.

9.    El día 20 el Dr. CRUZ nos informa que hay que hacerle un procedimiento quirúrgico al paciente, lo antes posible, para colocarle un drenaje directamente al hígado, como única medida posible para lograr evacuar la bilis que desde hace 4 días venía regándose en su interior, y que incluso, como informan los familiares, ya venía saliéndose por el tubo que le habían instalado después de la cirugía.  De acuerdo con el Dr. CRUZ el procedimiento era sencillo y sin complicaciones, y que tendría como efecto  estabilizar la bilirrubina. Incluso, les aseguró a los familiares que se podrían llevar al paciente para la casa, a esperar que se desinflamara para en 2 o 3 meses hacerle la reconstrucción biliar.

10.De esta manera, el 19 de Noviembre se autorizó el procedimiento que fue realizado por el Dr. FARO, intervencionista quien hablo con los familiares, diciéndole que la intervención era la única posibilidad que tenía el señor  BAEZ para poder salir adelante.

11.Ese mismo día al medio día ingresó a la sala de cirugía para ser sometido al procedimiento.  A las 2:30 pm, el señor  BAEZ había salido de la cirugía y fue bajado a la habitación, el parte entregado por el Dr. FARO fue positivo, comento que definitivamente estaba completamente obstruido el colédoco por el clip colocado por error durante la cirugía realizada por el Dr. CRUZ y que a partir de ese momento seria monitoreado constantemente para seguimiento a su recuperación.

12.Después de esta intervención, el paciente comenzó a perder sangre, el Dr. CRUZ le informó que el sangrado continuaba y que tenían que reacomodarle el dren porque en el TAC que se le había hecho al paciente, se mostraba que estaba acodado.  Eso implicaba volver a hacer el procedimiento ya realizado por el Dr. FARO.  Se requería con urgencia la reacomodación del dren para que comenzara a drenar la bilis, porque era ese procedimiento lo que podía mantener con vida al paciente.  Efectivamente se le hizo el procedimiento y el informe médico fue positivo.

13.En todo caso, por la pérdida de sangre que tuvo el paciente,  hubo que hacerle una trasfusión de 3 Lts., lo cual es mucho, y esto sin duda evidencia el riesgo que corrió debido a los errores médicos, pues presentaba signos de anemia por la pérdida excesiva de sangre.

14.Posteriormente, el paciente se complicó con una fuerte infección que el Dr. CRUZ buscó la forma de tratar.

15.Ante la difícil situación, los familiares consultaron a otros médicos, entre ellos el Dr. TORO a quién se le envió la historia clínica, quien recomendó trasladar al paciente a la ciudad de Bogotá para hacer una cirugía de reconstrucción de las vías biliares lo más pronto posible, para evitar mayor riesgo para la vida del paciente, dado su estado actual.

16.De esta manera, comenzaron los familiares a tramitar la remisión del paciente a la ciudad de Bogotá, hasta que está luego de muchas penurias se consigue.

17.Una vez llega el paciente a la ciudad de Bogotá, es atendido por el Dr. TORO quién encuentra que el paciente padece de una fuerte infección que hay que tratar antes de operarlo. Por ello se inicia el tratamiento con fuertes antibióticos porque la infección es muy fuerte. Luego a través de una laparoscopia, el Dr. TORO encuentra  que el paciente que tiene mucho pus al interior de su cuerpo, por lo cual tiene que hacer una limpieza de todos los órganos, antes de realizar la cirugía de reconstrucción de las vías biliares. Todas estas complicaciones fueron producidas por los malos procedimientos médicos en la cirugía de vesícula.

18.Luego de la operación y de su recuperación el señor BAEZ, perdió su empleo debido a la incapacidad para trabajar que le produjo la operación. El restaurante que administraba la esposa del señor  BAEZ se vino a la quiebra, pues ella no pudo seguirlo administrando porque le tocó dedicarse de tiempo completo a su esposo. Una hija que estudiaba en Australia tuvo que devolverse a Colombia, dejar sus estudios y acompañar a sus padres durante la cirugía en la ciudad de Bogotá. La familia tuvo que sufragar los gastos de los viajes necesarios para la operación del señor BAEZ en Bogotá, pues no fueron cubiertos por la EPS. El señor  BAEZ ha perdido la audición por un oído, debido a los antibióticos suministrados para combatir la infección que se derivó de la cirugía errónea.

TEMAS DEL SEGUNDO PARCIAL DE TEORÍA GENERAL DEL PROCESO


 DEMANDA.

1. ¿Cuáles son las partes de una demanda?

2.  El juramento estimatorio: https://agabogadosyempresarios.blogspot.com/2021/09/el-juramento-estimatorio.html

3. La declaración del procesado y sus efectos: https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2021/04/la-declaracion-del-procesado-en-el.html

4. ¿Cuándo se presenta la indebida acumulación de pretensiones?

5. ¿Qué es el litisconsorcio necesario, cuasi-necesario y facultativo? De un ejemplo de cada uno.


CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA

1¿Qué partes debe tener una contestación de una demanda y en qué consisten? Art. 96 CGP.

2. ¿Qué diferencias hay entre las excepciones previas y excepciones de mérito? 

Consultar: https://sidn.ramajudicial.gov.co/SIDN/DOCTRINA/TABLAS%20DE%20CONTENIDO%20Y%20TEXTOS%20COMPLETOS/345%20-%20DERECHO%20PROCESAL%20PENAL%20Y%20PROCESAL%20CIVIL/21740_Manual_de_derecho_procesal_Azula.pdf

3. ¿Cuáles son las excepciones de mérito que se pueden proponer?

4. ¿Qué excepciones de previas se pueden proponer?

5. ¿Qué pasa si no se contesta una demanda?

6.  ¿Qué es el allanamiento y cómo funciona?

7.  ¿Qué es una demanda de reconvención y cuáles son los requisitos?


CASO AEROPUERTO PERALES

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2026/05/caso-aeropuerto-perales.html

CASOS DE INTERCEPTACIÓN DE COMUNICACIONES

https://youtu.be/LFOco4tFdA4

El testimonio como prueba:

https://agabogadosyempresarios.blogspot.com/2024/08/el-problema-de-un-testimonio.html


jueves, 24 de septiembre de 2026

Clase con el profesor Jorge Orgaz de Argentina

 CLASE CON EL PROFESOR JORGE ORGAZ DE ARGENTINA






Invitado Especial: Prof. Jorge Orgaz, Profesor de grado y posgrado de Derecho Constitucional, Derecho Procesal Constitucional y  Derecho Administrativo en la Universidad Nacional de Córdoba y Universidad Siglo 21 y otras universidades argentinas y extranjeras. Director del Instituto de Derecho Público Arturo M. Bas de la Universidad Siglo 21. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Córdoba Siglo XXI de Argentina.

24 de septiembre de 2026, 10:00 a.m. Colombia. 12 m Argentina

Tema: El recurso de amparo en Argentina.


Link de la reunión hora: 10-11 a.m.   https://meet.google.com/ozw-dsgr-fvw

Link segunda hora: 11-12   https://meet.google.com/ovq-ejep-foq





Entrada destacada

LA ADMINISTRACIÓN DESLEAL EN EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO. EL CASO DE INTERBOLSA.

1Por: Jorge Arturo Abello Gual.      C ontactanos: georabello@hotmail.com  VER  TAMBIÉN VIDEO: DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO ECONOMICO, HU...