martes, 27 de mayo de 2025

Clasificación de los tipos penales

 


Diferencia entre el sistema acusatorio y el inquisitivo

 

SISTEMAS PENALES

 

SISTEMA ACUSATORIO.

 

ES UN SISTEMA DE PARTES, DONDE HAY UNA PARTE QUE INVESTIGA, OTRA QUE DEFIENDE Y  UN TERCERO IMPARCIAL QUE JUZGA.

POR REGLA GENERAL SE APLICA LA ORALIDAD. LOS JUICIOS Y LAS ACTUACIONES SON ORALES, PARA MAYOR CELERIDAD.

JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS, ES UN JUEZ QUE REVISA TODAS LAS ACTUACIONES ANTES DEL JUICIO Y DURANTE LA INVESTIGACIÓN, PARA QUE EL JUEZ DE CONOCIMIENTO INICIE EL JUICIO SIN SER CONTAMINADO CON LAS LABORES DE INVESTIGACIÓN.

FISCALÍA ES UNA DE LAS PARTES, TIENE COMO FUNCIÓN PRINCIPAL, INVESTIGAR, PRESENTAR LA ACUSACIÓN Y SER LA PARTE QUE ACUSA EN EL JUICIO.

 

 

SISTEMA INQUISITIVO.

 

FACULTADES DE ACUSAR Y JUZGAR SE ENCUENTRAN EN LA MISMA PERSONA.

EL JUEZ, INVESTIGA, ACUSA Y SANCIONA. SE INVOLUCRA EN EL PROCESO COMO ACUSADOR

EL PROPIO ENTE JUDICIAL ES EL QUE ACTUA DE OFICIO

 





Biblioteca jurídica

 




Imputación objetiva Perú 


La prueba penal en Perú 
Derecho penal general Perú 

Derecho penal Silva Sánchez 

Responsabilidad de las personas jurídicas Silva Sánchez 

Riesgo permitido y principios de legalidad

Pruebas y violencia de género Argentina 

Manual teórico práctico John


La prueba y justificación de la decisión judicial
Derecho penal y política criminal tomo ii

Psicología de las masas

Cómo razonan los abogados

Derecho penal Stratenwerg

La culpabilidad normativa Goldsmith 

Claves de la argumentación 

Valoración de la prueba Jordi

Valoración de la prueba pericial

Delitos por el habla

Éxito en el juicio oral


Derecho penal especial externado

Derecho penal y política criminal

Litigación estratégica 


Infracción al deber en delitos contra la administración pública 

Derecho penal casos

Derecho penal general Percy García 

Defensa efectiva en Latinoamérica 


Derecho penal general Argentinos 

Derecho penal parte especial colombia tomo i

Derecho penal parte especial tomo ii

Silva Sánchez lo real de la responsabilidad de la persona jurídica 

Argumentación jurídica de Atienza

Culpabilidad Roxin


Responsabilidad penal del superior Kai Ambos

Razonamiento probatorio

Pruebas en el proceso penal Fiscalía

Compendio de derecho penal económico Hurtado Pozo 

La antijuricidad y la culpabilidad Fernando Molina Fernández 

Error en el derecho penal Perú 

Estado actual de la teoría del delito 

Derecho Probatorio de Nattan

La culpabilidad y las neurociencias Perú 

El delito de lavado de activos

Modelos de jueces

Contrainterrogatorio y valoración de la prueba

Claves de la argumentación 

Examen y contra examen de peritos en el sistema oral Perú 

Delitos sexuales y las pruebas

Delitos informáticos y pruebas digitales Frank Almanza

Lo político en la psicología 

La proporcionalidad y el constitucionalismo

El riesgo permitido y el principio de legalidad

Derecho penal del enemigo Jakobs

Teoría del caso en materia penal

El juez

Teoría del delito Dona: culpabilidad normativa y el delincuente por consciencia 

Colisión de deberes
https://drive.google.com/file/d/1ANlsT9_jC9N6EbabfbKpR4d1BP5s73HE/view?usp=drivesdk

Teoría  delito y teoría del caso

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:fe51e376-f149-4b8a-a8be-744e9b7b4ef7

Prueba ilícita 

https://drive.google.com/file/d/1QGlTL-xgAFAOGKmchjCYG-M3LCqqcd5F/view?usp=drivesdk

Schunemann y la culpabilidad 

https://drive.google.com/file/d/1jwRV__XpatnuwHk6a6sKQReejAkk1dPr/view?usp=drivesdk

La teoría del caso

https://drive.google.com/file/d/19jFBnWZ9yR3wpNNtjn9dmFz_MRaXazPJ/view?usp=drivesdk

Técnicas de interrogatorio y contrainterrogatorio 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:60a95ea7-9d02-402d-8214-0ec209e5205c?fbclid=IwY2xjawLRk2NleHRuA2FlbQIxMABicmlkETFuVU11M09JNlJDVnhsVnhlAR4LXvk9vArVMyMDRXt4hY9-wcOALLxdpq1leVIIQqTtM4O_h-7ENcTNb4oBDA_aem_DtTwfnDNkzn7cI-Zf13m3A&viewer%21megaVerb=group-discover

El ajedrez y la teoría del caso

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:c4404836-b266-4ac5-a0c9-706cab1d6050?fbclid=IwY2xjawNZUSRleHRuA2FlbQIxMQABHphHK_JrpstHO5WNS1LbzApeNhCsP1W9q0rSD73sbKzjJMQTTkAnTlG4szXz_aem_OLra9MfuxLFXOE98gpUVHA

Antijuridicidad objetiva

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:2d614f20-2548-4653-bc7b-f0c5f5998a04

El dolo

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:efd9d492-c2c9-479a-a214-19c61d5018d9

Culpabilidad, cultura y error de prohibición 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:b3157dc8-caca-49f8-a315-2eff14cf47b6

Acto Libera causa

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:e003453d-8b5e-4d8f-b487-d28e0f8b033c

Derecho y razón 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:53c10aae-bf9a-4d62-83c5-492b4c01fba3

Derecho penal parte general

https://drive.google.com/file/d/1b9QYAHpTUtCLGu5RoPagfNpAj_cGsHId/view?usp=drivesdk

Jesús María Silva Sánchez 

https://drive.google.com/file/d/1M5SjTvgm1rIw9iMYdeOkchAyze76EcbY/view?usp=drivesdk

Ivan Meini

https://drive.google.com/file/d/1Tw3sM59NajQZ6GmAfbp8JbilhC0yR77h/view?usp=drivesdk

Criminología y medios de comunicación 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:c3f8b9c7-907b-4cde-893e-1020c2ef83c9

Asesinos en serie

https://drive.google.com/file/d/1umqqY5JHh81O4c73vfkP0oLYRUVNuu5m/view?usp=drivesdk

Ignorancia deliberada Feijóo 

https://indret.com/wp-content/themes/indret/pdf/1153.pdf

Cultura y genocidio

https://diposit.ub.edu/dspace/bitstream/2445/128442/1/9788491682059%20(Creative%20Commons).pdf?fbclid=IwY2xjawNZV0tleHRuA2FlbQIxMQABHkp289XU1RHckJKrwgTAG0DZyHg-Z8IYX2ALfxTFv8yOZ3Bt6pS3i7NSQAUu_aem_n5rt6w1QKeo89d43w_H22Q

Prueba sin convicción 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:e2fe19a5-bc48-4aef-a084-bfd115944c88

Camara Gesell 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:19dbeaf9-d540-4c72-84c0-990d4e938094

Manual de litigio y negociación 

https://drive.google.com/file/d/1TqDuOBjjYtlpEdiXgImsUCwnKAt-l88H/view?usp=drivesdk

Ética de los abogados

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/14/6981/10.pdf?fbclid=IwY2xjawMa2qtleHRuA2FlbQIxMQABHqmX2mDNxu8KI9nDHBK3YS8cf7upVnftCXMHvZBPmFiLjQ6glzkUJVi-RmaG_aem_Nc4-V99rUxXlbngz4xjX_A

La prueba de los hechos

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:2cb99527-d1bd-4a6b-8567-778770ff1063

Prueba ilícita 

https://drive.google.com/file/d/1QGlTL-xgAFAOGKmchjCYG-M3LCqqcd5F/view?usp=drivesdk

Las pruebas en derecho penal

https://drive.google.com/file/d/1QLl93Ed3bTdF2KbJ7kIyGI1Q3ejZcV_1/view?usp=drivesdk

Razonamiento probatorio a través de indicios

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:9bfb8127-5db6-4edc-8dba-ab17a2190252

Verdad, prueba y motivación de los hechos

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:3e6b1014-f4e8-433f-a81d-68d71d6d3a5e

Claves de la argumentación 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:2a6b570b-24f4-485c-b4a1-73337d744648

Retórica de Perelman 

https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24182w/perelman_tratado_argumentacion.pdf?fbclid=IwY2xjawKwezlleHRuA2FlbQIxMQABHgF5qerUnIecQ4v16GhDsuv30OhUy9bLWjrK-Oud7KUO7qimpZxJWCkQ9EGK_aem_VJul3-XTKt4eAOJ6Ens0TA

La argumentación jurídica en México 

https://drive.google.com/file/d/1MDlFQ7j21k-XW24bpDHu0mwSc0dBsFeB/view?usp=drivesdk

Argumentación jurídica García Amado

https://www.corteidh.or.cr/tablas/33292.pdf?fbclid=IwY2xjawQXukVleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZAwzNTA2ODU1MzE3MjgAAR63TlyT4r9APyh3vm2PQxPqrvLpdUfJQz4KD0F_dP21usY6u6k6pPuYo25_YA_aem_vKI9ZYI9jvd6RG8lDJAWjA

Técnicas de interrogatorio y contrainterrogatorio

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:76f9633e-e8cb-4665-8d4e-4ff69310b32a


Argumentación jurídica de Atienza

https://www.rpguayaquil.gob.ec/wp-content/uploads/2022/04/CURSO-DE-ARGUMENTACION-JURIDICA-MANUEL-ATIENZA.pdf?fbclid=IwY2xjawPAvflleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZA80MDk5NjI2MjMwODU2MDkAAR5olyPofq7keXkzochnEz5qtX0kTu_M85tYUN1cu1r-UnsNQ-iR2OHGs-dkVA_aem_UucPEzxtiYVOdS6c4PaJWQ

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:60a95ea7-9d02-402d-8214-0ec209e5205c?fbclid=IwY2xjawLRfzVleHRuA2FlbQIxMQABHtFWLMKNIZc7queH-IX1GSlIB5ewwxpBa-qSdbhfkeTRGS0mHmqhh4_7NUK3_aem_R9AX7vKCAmONnEEWE8QmiA

Interrogatorio y objeciones 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:f8ab3338-c61e-4126-94da-86241b75a43f

Manual de interrogatorio 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:3fc2c6c3-96d3-4ae2-a336-0f8b9be9d295?fbclid=IwY2xjawNaeodleHRuA2FlbQIxMQABHpOP08lHPFLAj5uOPzPu7gPApLejj3aHZztgF37NVT90E3tAD3W_T46xuUEk_aem_CBcJmeSHrPMMR1VszwS0UA

Motivación de las resoluciones judiciales

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:8c146acd-8f6e-4fc7-ac9a-8444677d3265

Teoría de la prueba:

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:871985d1-f151-41dc-af51-d5b177c43cd0

Teoría de la prueba Jordi, taruffo

https://tcpbolivia.bo/wp-content/uploads/2021/08/TEORIA-DE-LA-PRUEBA.pdf?fbclid=IwY2xjawQaR7pleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZA80MDk5NjI2MjMwODU2MDkAAR6TUdvRjZrxktTLdd32W7zh0MQ6q0kn0Yk665vquPC0tKv3kW9tUBedwhg67g_aem_bbr8JFpQpHi71QFqftg1Hg

La prueba de Jairo Parra

https://drive.google.com/file/d/12X1GxgM5wxw78YEnePlR1K4fkMAT5zT-/view?usp=drivesdk

La prueba en el proceso

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:92bb98fa-0a02-46dd-ae99-07a085f39fa1


La prueba Giacometo

https://drive.google.com/file/d/1fkClMOpFp_9ZNt91MjNiEympOGsn6INf/view?usp=drivesdk

Pruebas en el proceso penal

https://andrescusia.wordpress.com/wp-content/uploads/2020/06/2.-la-prueba-en-el-proceso-penal-gaceta-juridica.pdf

Razonamiento probatorio

https://drive.google.com/file/d/1jSfg1AlHf7aXNAldf8dU9z3cbtMci2jt/view?usp=drivesdk

Objeciones probatorias

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:90c2ebbd-f301-4eca-ab92-cc6cfb53885e?fbclid=IwY2xjawMhu4RleHRuA2FlbQIxMQABHhnmAZbFrlAC3N-ZFK1EM9XZxOx5XamV5oQIAZYGPTZQ2BjSQxclyt-hLAgb_aem_IScMlhLx-kWVmOid0IfDLg

Teoría del delito, Silva Sánchez.

https://drive.google.com/file/d/10xIDtVnkqP0lCf5_56K1O6z6LHLLFAuJ/view?usp=sharing

Derecho penal de autor

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:743deb7d-73d0-43fd-826b-7ffe27b7541f

Delitos sexuales 

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:78757d2f-7603-4fec-bbd2-8d7e77259fcb

Delitos contra la administración pública

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:d34b52da-6954-4cb7-b71c-0fa0234136b3

Principio de confianza 

https://repositorio.uam.es/bitstream/handle/10486/4398/29644_maraver_gomez_mario.pdf

Imputación objetiva Luis Greco

https://politcrim.com/wp-content/uploads/2025/01/Vol19N38D1.pdf

Imputación objetiva argentina 

https://drive.google.com/file/d/1qdxTln-XxrnXcqI_BXt7PaoMILUh5ctk/view?usp=drivesdk

Imputación objetiva Schunemann

https://drive.google.com/file/d/1jwRV__XpatnuwHk6a6sKQReejAkk1dPr/view?usp=drivesdk

Percy García teoría del delito

https://drive.google.com/file/d/13vsjT4OKNgxTAUlW_aoa0qv_cAmMC2uu/view?usp=drivesdk

Imputación objetiva Jakobs

https://drive.google.com/file/d/1sEteEY6mm9kzgwH1JpBn40QXT_eYbZYS/view?usp=drivesdk

Derecho penal normativista Jakons

https://drive.google.com/file/d/1TjS6bwjcXObr7F98uD3Yk7RVBkqVovWv/view?fbclid=IwY2xjawRHclJleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZA80MDk5NjI2MjMwODU2MDkAAR62-5dPRsWPiHCqEjLzpe1N8zJzA74NBKj0T1fHkgZTEzco4hKwU-SW2WmM6Q_aem_E3inFoyrWeLPPucBEH7FyA

Actos neutros en lavado de activos

https://drive.google.com/file/d/1FuZqmhS92XcGwRwAVwWca46en_YZuAt7/view?usp=drivesdk


objetiva

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:US:c7be561c-79df-4e35-9edb-246e629d19cf?fbclid=IwY2xjawKi7rNleHRuA2FlbQIxMQABHmuuyH1SiCTrk0SgTsviTTNVhNanwcYF1lH8xBovXce7NQbdEQ64gk5ouAJS_aem_dnhF-cdb_VkrzeiLpYHxZA

El arte de litigar:

https://acrobat.adobe.com/id/urn:aaid:sc:VA6C2:50963008-4b34-48cd-9132-6cfa40e6d5b0


Interpretación legal y constitucional 

https://drive.google.com/file/d/1UVqyesw0VYbDF36P8TgOHjWHhCDVLCYR/view?usp=drivesdk

El sistema jurídico según Raz

https://drive.google.com/file/d/1NFfRAPgxsqwAyMKFHTRMZbDRxIXnBr9V/view?usp=drivesdk

El abogado del diablo

https://drive.google.com/file/d/1p0UPyf4bF8PWYBwlfgRfg_yYtVSP2okx/view?usp=drivesdk

Responsabilidad médica en la jurisprudencia 

https://drive.google.com/file/d/1xDEEFz5E4bNTDx-WjFoBh_bHWw67aBgb/view?usp=drivesdk

27 técnicas para convencer

https://drive.google.com/file/d/1JvDpIpLb1ePqi6I9DSziTHlSDpr9OJNA/view?usp=drivesdk

Debates sobre la ponderación: Amado Vs Atienza.

https://tcpbolivia.bo/wp-content/uploads/2021/08/Libro_Un-debate-sobre-la-ponderacion.pdf?fbclid=IwY2xjawQCr2VleHRuA2FlbQIxMABicmlkETFuSGlobkhJcUJtOXZkeWhtc3J0YwZhcHBfaWQQMjIyMDM5MTc4ODIwMDg5MgABHqUIN_aRefbczCu4qBu3BryPKNCAUsbtPFQH7a-r2n4_fGU7NREFlwBxEShb_aem_NJtqwDZT181RZeOIsp6Ttw

La estafa

https://drive.google.com/file/d/1HLuSps4AL4D0UI7bbdTlvWleHG52ZjF_/view?usp=drivesdk

Derecho penal especial 1 Perú 

https://drive.google.com/file/d/1ZN8uOSpxn8pwUcVl83kvdkba4TiRjmfr/view?usp=drivesdk

Derecho penal especial Perú Salinas 

https://drive.google.com/file/d/1MLqNkPj85DLQcR9b1jkAv38rcDpcR9cZ/view?fbclid=IwdGRjcARZ8nxjbGNrBFnyK2V4dG4DYWVtAjExAHNydGMGYXBwX2lkDDM1MDY4NTUzMTcyOAABHmhwFu-9TjoQM5eMLJfIXDurDN2D4zt3JxuCCcDxz1u_osArQrZnNBfOY_Y-_aem_0Et9nN7gvXCbaIw_V_vXXw

Legitima defensa 

https://repositorio.uam.es/server/api/core/bitstreams/0e34b42a-2252-4344-8618-ac2969fbad33/content

Violencia contra la mujer

https://drive.google.com/file/d/1_VYH_IyZd3Lr03Dc2DtWle2WeNBfkmXg/view?usp=drivesdk

José Hurtado pozo

https://drive.google.com/file/d/1_Djt_DSV0k59UF8RqDIjyybTiqHkZmbh/view?usp=drivesdk

Delitos contra la administración pública, Percy Cavero

https://drive.google.com/file/d/1ovTK0YwEAAbIXVksDjxos6piX3XieYeg/view?usp=drivesdk

Orígenes del racismo

https://www.redalyc.org/pdf/1700/170018112004.pdf?fbclid=IwY2xjawRg_1xleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZA80MDk5NjI2MjMwODU2MDkAAR4NS2Tt_-75zHGN1RmNwm6g8XqrkFFt2ZJYv4uBRijptMGGTTI3kF61s2bwnw_aem_QjrvYCSN5O2hTRB3QNBYzg

El juicio de Frine

 







lunes, 26 de mayo de 2025

TEMAS PARA EL FINAL DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL.

 TEMAS PARA EL FINAL DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL


INIMPUTABILIDAD EN LOS DELITOS SEXUALES:

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2025/05/los-delitos-sexuales-y-la.html


EL PERDÓN EN EL DERECHO PENAL

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2024/11/el-perdon-y-el-derecho-penal.html


CRIMEN Y PSICOLOGÍA SOCIAL

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2025/04/el-delito-y-la-psicologia-social.html


DELITO Y PECADO:

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2024/11/el-delito-y-el-pecado.html


PRINCIPIOS DEL DIH

https://youtu.be/E_GdjygJf48


DIH Y EL BOMBARDEOS A LOS CAMPAMENTOS GUERRILLEROS

https://youtu.be/zn662we29ds


REGISTRO Y ALLANAMIENTOS

https://youtu.be/lPGhXcLKoTw


LA CPI Principales características 

https://youtu.be/5aA7eACUSiM

CASO DEL CAPITAN

https://literaturaymusicaag.blogspot.com/2025/04/asesinos-e-inocentes-la-muerte-del.html

LA NORMALIZACIÓN DE LOS DELITOS.

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2024/11/la-normalizacion-de-los-delitos-en-una.html

LOS FALSOS POSITIVOS EN EL DERECHO COLOMBIANO

LA VIOLENCIA SEXUAL EN LOS CONFLICTOS ARMADOS

viernes, 23 de mayo de 2025

TEMAS PARA FINAL DE DERECHO PENAL GENERAL II

 TEMAS PARA EL FINAL DE DERECHO PENAL GENERAL II



LOS DELITOS SEXUALES Y LA INIMPUTABILIDAD

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2025/05/los-delitos-sexuales-y-la.html


EL LIBRE ALBELDRIO EN LOS DELITOS SEXUALES

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2023/07/las-agresiones-sexuales-y-el-libre.html


SIMULACIÓN DE TRANSTORNOS PARA ALEGAR INIMPUTABILIDAD.

https://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2025/05/simulacion-de-trastornos-para-alegar.html


CONCURSO EN EL DELITO DE PECULADO

http://derechopenalempresarialencolombia.blogspot.com/2017/08/concurso-de-conductas-punibles-en-el.html

VIDEO CONCURSO DE DELITOS EN DELITOS SEXUALES

https://youtu.be/D9QdR4aNtGU

VIDEO EL CONCURSO APARENTE EN EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO Y EL CONCIERTO PARA DELINQUIR

https://youtu.be/WXkwaFr9Nug


CASO 1.

Hernando es ingresado por urgencia a la clínica Bramaputra luego de tener un accidente de tránsito que comprometió su pierna izquierda. Jaime es el cirujano que se encuentra de turno, le toca operar a Hernando, quién estaba inconsciente, no tenía familiares que lo acompañaban, y no tenía a quién llamar para solicitar el consentimiento informado. Jaime opera a Hernando y decide amputarle la pierna izquierda.

¿Qué ocurre en el caso si no se obtuvo el consentimiento informado del paciente?

¿Qué ocurre si pese a existir familiares acompañando a Hernando, Jaime no les informa sobre la amputación de la pierna, era necesario el consentimiento sustituto?

¿Qué ocurre si la amputación era evitable y no era necesaria para salvarle la vida a Hernando, puede aplicarse estado de necesidad? ¿Puede aplicarse un estado de necesidad putativo y cuál sería la respuesta del derecho penal para el médico? 

ESTADO DE NECESIDAD PUTATIVO: https://youtu.be/DdR2wF3BOVs


CASO 2.

Un médico atiende a una menor de edad, que es llevada por sus padres a urgencia por una infección urinaria. El médico examina a la niña, y encuentra rastros físicos de abuso sexual, por tal motivo, llama a la policía y pone la denuncia. Los padres de la niña acusan al médico de no haberlos consultado para presentar la denuncia, y que no tuvo autorización de ellos, y que adicionalmente reveló la historia clínica, y vulneró el secreto profesional.

1. ¿Es el médico responsable por no tener el consentimiento informado de los padres para presentar una denuncia penal?

2. ¿Vulneró el médico el secreto profesional y la reserva de la historia clínica al denunciar el abuso?

3. ¿Se puede defender el médico por obrar en cumplimiento de un deber legal o el ejercicio de una actividad lícita?

LA INSUPERABLE COACCIÓN AJENA

https://www.youtube.com/watch?v=85Oz1eOmFr0

MIEDO INSUPERABLE

https://www.youtube.com/watch?v=U5ny8d5DxH4

PREGUNTAS:
1. ¿Cuáles son los requisitos de una insuperable coacción ajena?
2. ¿Qué relación existe entre la insuperable coacción ajena y el estado de necesidad?
3. ¿Qué es el miedo insuperable y como se diferencia de la insuperable coacción ajena?

LEGÍTIMA DEFENSA INFORMÁTICA 

CASO DE LA MUERTE DEL CAPITAN.

 https://literaturaymusicaag.blogspot.com/2025/04/asesinos-e-inocentes-la-muerte-del.html


UNA CLASE DE DERECHO PENAL

https://literaturaymusicaag.blogspot.com/2025/05/asesinos-e-inocentes-capitulo-vi-una.html

miércoles, 14 de mayo de 2025

LOS DELITOS SEXUALES Y LA INIMPUTABILIDAD.

 LOS DELITOS SEXUALES Y LA INIMPUTABILIDAD.



La inimputabilidad es un presupuesto de la culpabilidad en derecho penal. Un inimputable no es considerado culpable, y por ello, no se le impone una pena, sino una medida de seguridad:


Artículo 9°. Conducta punible. Para que la conducta sea punible se requiere que sea típica, antijurídica y culpable. La causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado.


Para que la conducta del inimputable sea punible se requiere que sea típica, antijurídica y se constate la inexistencia de causales de ausencia de responsabilidad.


De acuerdo con el artículo 33 del Código Penal, la inimputabilidad es: 


Inimputabilidad. Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviera la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez sicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares.


No será inimputable el agente que hubiere preordenado su trastorno mental.


Los menores de dieciocho (18) años estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes y en ningún caso se les impondrá la prisión perpetua revisable.


En este orden de ideas se requiere para que unas persona sea inimputable que no comprenda la ilicitud de sus actos o no pueda determinarse con base en esa comprensión, por causa de una enfermedad mental (trastorno mental o inmadurez psicológica), diversidad sociocultural o estados similares. El tema con ello, es que dichas causas deben afectar el grado de comprensión o la voluntad del individuo, que no podría contenerse, que además de ello, esta fuera la única causa por la cuál cometió ese delito.


El problema con los delincuentes sexuales es que en su mayoría cometen su conducta, no porque encuentren a una persona en la calle, la someten y la violan. La mayoría realizan una planificación para acercarse a la víctima, una preparación para someterla, el secuestro de la misma si la retiene, y ello requiere a su vez un plan de cacería o de acecho, porque la siguen, consiguen armas para someterla, cuerdas para amarrarla, en unas horas establecidas, planifican cómo van a realizar su acto, y qué van a hacer luego de que lo consuman, y qué harán para no ser descubiertos. Ello implica todo un acto de planeación, premeditación e ideación, que si bien evidencia una perturbación conductual desde el punto de vista psicológico, no implica una enfermedad mental de base, es decir, la persona se comporta de forma anómala, pero no tiene como tal una enfermedad mental que le impida comprender lo que está haciendo, al contrario, son plenamente conscientes de lo que hacen y para qué lo hacen, y por ello, no podrían ser inimputables, ni por falta de conocimiento, ni por falta de voluntad, pues durante la preparación de sus actos, tienen todo el tiempo para tratar de contener y desistir del delito, pero no lo hacen, sino que continúan adelante.


Así que se hace una analogía entre el delincuente sexual que acecha a su víctima, o la manipula para luego accederla, a la de un ladrón de banco o a un sicario contratado, pues en los tres casos, existe una previa planificación y ejecución de los actos dirigidos a un fin contrario a la Ley, donde son plenamente conscientes de lo que están haciendo, y que, a pesar de tener la posibilidad de desistir, deciden seguir con la ejecución del plan hasta el final. Lo mismo ocurre en los casos de jefes acosadores, familiares que abusan de menores que son parientes, de los profesores con estudiantes, donde el acecho y manipulación de la víctima implica unos actos previos, que son planificados, como dar regalos, ganar la confianza y luego cometer el hecho.


Ahora bien, si se trata de personas que sufren de alguna enfermedad mental, con la que pierden el sentido de la realidad y terminan cometiendo una agresión sexual, como la esquizofrenia, la psicosis o cualquier otra enfermedad que afecte el conocimiento en un momento dado, se podría alegar una inimputabilidad, cuando estos hechos son espontáneos y se derivan de una explosión de violencia instantánea debido a su estado mental. Pero en definitiva, no habría inimputabilidad en caso de planeación y premeditación del acto.



Un ejemplo de lo anterior es la siguiente noticia:




"Psicólogo forense analizó el testimonio de Brayan Campo, feminicida de la menor Sofía Delgado

El especialista en comportamiento criminal refutó el intento de Campo por justificar su crimen con trastornos mentales, pensamiento mágico y voces internas


Por:Lina Muñoz Medina


El psicólogo forense Roberto Sicard analizó las declaraciones de Brayan Campo, condenado por el feminicidio de la niña Sofía Delgado, en una entrevista reciente con El País. Campo, que enfrenta una condena de 58 años y 3 meses de prisión por el asesinato, además de una sentencia previa de 10 años y 7 meses por abuso sexual en 2018, ofreció explicaciones sobre las razones detrás de sus actos, las cuales han generado debate y análisis entre expertos.


En sus declaraciones, Campo atribuyó parte de su comportamiento a una supuesta herencia genética derivada de un accidente que sufrió su madre antes de su nacimiento. Según explicó, su madre padeció convulsiones y problemas de salud mental tras una operación en el cráneo, lo que, según él, pudo haber influido en su personalidad. “Yo creo que yo le heredé eso a ella porque yo no había nacido y cuando yo estaba en la barriga le daban convulsiones, yo creo que también eso pudo haber generado que yo fuera tan frío y tan raro”, afirmó Campo en una entrevista con el programa Conducta Delictiva.


Declaraciones sobre pensamientos homicidas y voces internas resaltan intentos de manipulación, según experto - crédito Inpec

Sobre estas declaraciones, Sicard explicó a El País que, aunque es posible heredar ciertos rasgos relacionados con trastornos mentales, la carga genética en estos casos es mínima. “La carga genética de los trastornos mentales asociados a homicidios, como es el que está presentando este señor Campo, no corresponde a lo habitual porque la carga genética no pasa a ser del 1%”, señaló el psicólogo. Además, indicó que la mayoría de los rasgos de comportamiento son aprendidos y que las afirmaciones de Campo podrían ser intentos de justificar sus acciones o de presentarse como una persona trastornada, lo cual es común en personas que simulan.


Otro aspecto destacado de las declaraciones de Campo fue su afirmación de que su expareja habría contratado a alguien para realizarle brujería, lo que, según él, influyó en sus pensamientos homicidas. Campo aseguró que semanas antes del feminicidio comenzó a experimentar pensamientos recurrentes sobre asesinar a una mujer, describiéndolos como una “presión” o “voz interna” que lo impulsaba al crimen.


sicólogo califica de “pensamiento mágico” la mención de “brujería” en el caso de feminicidio de Sofía Delgado - crédito Leidy Zuñiga/Facebook

Sin embargo, Sicard desestimó estas afirmaciones, calificándolas como “pensamiento mágico” y aclarando que no existe evidencia científica que respalde la idea de que influencias espirituales o de brujería puedan determinar una conducta delictiva. “La brujería no rompe la voluntad de nadie. Estas afirmaciones son más bien una explicación personal de él sobre lo que pudo haber estado de fondo, pero no es lógica ni posible”, afirmó el experto.


En relación con los pensamientos homicidas descritos por Campo, Sicard señaló que estos podrían estar asociados a ciertos trastornos de la personalidad, como el trastorno antisocial, narcisista o histriónico. No obstante, subrayó que para confirmar un diagnóstico sería necesario realizar un estudio psicológico exhaustivo, algo que no ha llevado a cabo en este caso.


A pesar de ello, el psicólogo destacó que este tipo de afirmaciones suelen ser utilizadas por personas que buscan simular una condición de salud mental para evadir responsabilidades legales. “Que tenga pensamientos de que debe cometer un delito y que esas personas están sufriendo por esa presión o esas voces, puede ser un argumento frecuente en los simuladores que tratan de hacer parecer que había un trastorno de base que los eximirá de responsabilidades”, explicó.



El especialista enfatizó que sus observaciones se basan únicamente en las declaraciones públicas de Campo y no constituyen un diagnóstico formal ni un informe pericial. De acuerdo con Sicard, este tipo de análisis debe ser tomado con cautela, ya que las afirmaciones del feminicida podrían estar diseñadas para manipular la percepción de su estado mental."


Tomado de la siguiente página web:

https://www.infobae.com/colombia/2025/05/08/psicologo-forense-analizo-el-testimonio-de-brayan-campo-feminicida-de-la-menor-sofia-delgado/?outputType=amp-type



 






El error de tipo y el error de prohibición

 


CHARLA SOBRE EL ERROR DE TIPO

CHARLA SOBRE EL ERROR DE PROHIBICIÓN

CHARLA SOBRE EL ERROR EN LA RESPONSABILIDAD MÉDICA

EL ERROR DE TIPO EN EL PECULADO

Entrada destacada

LA ADMINISTRACIÓN DESLEAL EN EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO. EL CASO DE INTERBOLSA.

1Por: Jorge Arturo Abello Gual.      C ontactanos: georabello@hotmail.com  VER  TAMBIÉN VIDEO: DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO ECONOMICO, HU...