Este blog, desarrolla diferentes temas jurídicos y políticos del derechos penal, tiene una línea en corrupción pública y contratación estatal, otra en justicia transicional, otra en responsabilidad penal del médico y otra en derecho penal empresarial.
martes, 15 de octubre de 2024
El derecho penal llega tarde (Roxin) el principio del acto.
Como hacer una tesis o un artículo académico
a) Contraste: se tomas dos posturas sobre un mismo tema, que son contrarias, y se toma una postura frente a las dos, ya sea apoyando una o escogiendo otra solución.b) Estudio comparado: Se analiza la postura de un concepto en el país de origen, y luego, se miran las posturas del mismo concepto en otros países y se toma una posición.c) Estudio de enfoque: El derecho se puede investigar desde varios enfoques. Se toma uno de varios enfoques sobre el concepto escogido, ya sea desde el punto de vista histórico, de género, sociológico, económico, ambiental, estadístico, de derechos humanos, tecnológico. Y en efecto, cada enfoque implica una visión muy distinta de la aplicación de un concepto o sus consecuencias.d) Enfoque de casos: Implica tomar varios casos similares y tratar de analizar cada uno, en su solución, y en las alternativas que pueden surgir a partir de otros casos.
A veces, es bueno escoger alguna de estas metodologías, para trabajar con mayor claridad de lo que se busca o que se quiere.
domingo, 29 de septiembre de 2024
El delincuente de cuello blanco
Este planteamiento viene de Sutherland, quien fue el primero en hablar en los delitos de cuello blanco, y de la impunidad de que gozan en el sistema penal. Planteaba que hay unos delitos realizados por los grupos poderosos (políticos y empresarios), que no se encuentran relacionados con la pobreza, la falta de oportunidades o la discordancia entre los fines culturales con los medios para obtenerlos.
Sutherland plantea que la delincuencia es un proceso de aprendizaje, donde los delincuentes aprenden cómo realizar los delitos a través de los grupos delincuenciales a los que se unen, o a través de la imitación.
Por su parte Cohen, también partidario de esta teoría de las subculturas plantea en su tesis que explicaba la criminalidad en las juventudes, expone que en ellas se plantea una subcultura que representa la solución de problemas de adaptación, para los cuales la cultura dominante no ofrece soluciones satisfactorias (Baratta, 2004, pág. 70).
En otras palabras, existe una gran sociedad con una cultura ética y legal establecida, pero al mismo tiempo existen otras subculturas, que crean sus propios códigos y normas en los grupos sociales, entre los cuales se encuentran las bandas criminales, que a su vez, tienen sus reglas que se le imponen o que aprenden los que conforman estos grupos.
Así entonces, se ven que las subculturas criminales que se crean en las organizaciones criminales son escuelas para los criminales, donde aprenden el modus operandi de los delitos, pero al mismo tiempo adquieren un modelo de ideales y principios alternativos, que favorables a la realización de los delitos, por lo que es muy importante la comunicación y el adoctrinamiento.
Ahora bien, si bien es cierto que las organizaciones criminales son verdaderas escuelas para los delincuentes, y en el caso, de la delincuencia de cuello blanco, se puede explicar, cómo grupos de personas se colocan de acuerdo para realizar un acto de corrupción, creando una subcultura con fines criminales, no todos los delitos se explican de esa manera, pues existen otros, que están más relacionados con la pasión, la agresividad, la emocionalidad (Muñoz, Hassemer, 2012. Pág. 76), como los delitos sexuales, las riñas callejeras, la violencia de género, la violencia intrafamiliar, y las acciones de los lobos solitarios.
BIBLIOGRAFÍA
Baratta, Alessandro (2004). Criminología crítica y crítica del derecho penal. Siglo veintiuno editores Argentina.
Hassemer, Winfried; Muñoz, Francisco (2012. Introducción a la criminología. Tirand lo blanch. Valencia.
Ibañez, José (2012) Psicología e investigación criminal. La delincuencia especial. Dykinson SL.
Zaffaroni, Eugenio (2013) La cuestión criminal. Grupo editorial Ibáñez.
domingo, 15 de septiembre de 2024
LA CRIMINOLOGIA
La criminología es una disciplina que a través de otras ciencias, como la psicología, la sociología, la economía, la psiquiatría, la estadística, la historia y la antropología, se encarga del estudio de:
- El delincuente.
- El delito.
- La víctima.
- El control social.
miércoles, 11 de septiembre de 2024
PARCIAL DEL DERECHO PENAL GENERALI
PRIMER PARCIAL DE DERECHO PENAL I
GRUPO 1.
1) En el caso Saade realice un análisis criminológico sobre el victimario.
2) ¿Se podría decir que el caso Saade es un delito pasional?
3) ¿Qué es un delincuente neurótico para Freud?
4) ¿En qué consistió el caso de las Chuzadas del DAS?
GRUPO 2.
1) ¿En qué consistió el caso Uribe de la interceptación de las comunicaciones?
2) Explique las masacres en los colegios según la sociología.
3) ¿Por qué delinque una persona narcisista?
4) ¿Qué es un delincuente con superyó criminal según Freud?
GRUPO 3.
1) ¿Por qué la celotipia puede generar violencia intrafamiliar?
2) ¿Qué es un psicópata para Freud?
3) ¿En qué consistió el caso Miti Miti en las interceptación de comunicaciones?
4) ¿Tiene Nicolás Maduro relación con el perfil psicológico de un Tirano?
lunes, 9 de septiembre de 2024
NI LA POBREZA OBLIGA A ROBAR, NI LA RIQUEZA LO EVITA
miércoles, 4 de septiembre de 2024
CONSECUENCIAS Y SANCIONES FRENTE A LA CORRUPCIÓN
CONSECUENCIAS Y SANCIONES FRENTE A LA CORRUPCIÓN.
LA INHABILIDAD
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=207873
LA MUERTE POLÍTICA
https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1583835
CODIGO PENAL
Artículo 44. La inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. La pena de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas priva al penado de la facultad de elegir y ser elegido, del ejercicio de cualquier otro derecho político, función pública, dignidades y honores que confieren las entidades oficiales.
Artículo 45. La pérdida de empleo o cargo público. La pérdida del empleo o cargo público, además, inhabilita al penado hasta por cinco (5) años para desempeñar cualquier cargo público u oficial.
Artículo 51. Duración de las penas privativas de otros derechos. La inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas tendrá una duración de cinco (5) a veinte (20) años, salvo en el caso del inciso 3º del artículo 52.
Se excluyen de esta regla las penas impuestas a servidores públicos condenados por delitos contra el patrimonio del Estado, en cuyo caso se aplicará el inciso 5 del artículo 122 de la Constitución Política.
Artículo 122 DE LA CONSTITUCIÓN.
Artículo 122. No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente. Ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben. Antes de tomar posesión del cargo, al retirarse del mismo o cuando autoridad competente se lo solicite deberá declarar, bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas. Dicha declaración sólo podrá ser utilizada para los fines y propósitos de la aplicación de las normas del servidor público. Sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley, no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la Comisión de Delitos que afecten el patrimonio del Estado. Tampoco quien haya dado lugar, como servidor público, con su conducta dolosa o gravemente culposa, así calificada por sentencia judicial ejecutoriada, a que el Estado sea condenado a una reparación patrimonial, salvo que asuma con cargo a su patrimonio el valor del daño.
ESQUEMA DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL
RESPONSABILIDAD FISCAL Y PROCEDIMIENTO
ACCIÓN U OMISIÓN DOLOSA O CULPOSA
NEXO CAUSAL
DETRIMENTO PATRIMONIAL
VIDEO SOBRE EL PROCESO FISCAL
https://youtu.be/917A2HgExJI
ESQUEMA DE LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/Publicaciones/CARTILLA-OCID.pdf
VIDEO SOBRE EL PROCESO DE RESPONSABIILIDAD DISCIPLINARIA
ESQUEMA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
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