CASOS DE RESPONSABILIDAD MÉDICA
CASO
1.
Flaminio
Rivas, fue al hospital con un fuerte dolor abdominal a las diez de la noche del
7 de Enero del 2021. Presentaba nauseas, y fiebre. Fue atendido en urgencias,
donde los médicos los tuvieron en observación durante 4 horas dándole
buscapina. Al disminuir el dolor, el médico internista consideró que se trataba
de una gastroenteritis, y le dio de alta, recetándole buscapina y analgésicos.
A las 10 de la mañana del día siguiente, Flaminio vuelve al hospital nuevamente
con un fuerte dolor abdominal, con mucha fiebre. El médico de turno sospecha
que Flaminio Rivas, tiene apendicitis, y envía todos los exámenes diagnósticos.
A las 2 de la tarde salen los exámenes, se confirma que Flaminio tiene
apendicitis, el médico internista, remite el paciente a cirugía. Pero los
quirófanos están llenos y tienen que esperar un cupo. A las tres de la tarde
Flaminio sufre un colapso, y muere. Medicina legal determina como causa de
muerte, la infección provocada por la peritonitis, que no pudo ser operada a
tiempo.
De
acuerdo con los criterios de imputación objetiva resuelva las siguientes
preguntas:
a)
¿Se le podría imputar responsabilidad penal al primer médico que atendió
a Flaminio y le dio de alta? ¿Podría aplicar prohibición de regreso en ese
caso?
b)
¿Se le podría imputar responsabilidad al médico internista que
diagnosticó la apendicitis y remitió cirugía?
c)
¿A quién se le puede imputar la demora en la atención del paciente?
Explique.
d)
¿Se le puede imputar responsabilidad penal al cirujano que iba a operar
a Flaminio? Explique.
e)
¿Podría el cirujano alegar una fuerza mayor o un estado de necesidad por
no operar a Flaminio?
CASO
2.
Una
mujer embarazada llega a un puesto de salud, con dolores, y mientras espera a
ser atendida, comienzan las contracciones propias del trabajo de parto. La
enfermera observa a la mujer, y enseguida llama al médico de turno, quién sale
de consulta y comienza a atender a la mujer embarazada, y en efecto, determina
que la mujer comenzó trabajo de parto, pero el bebé no está en posición, y da
la orden para que llamen de urgencia a una ambulancia para que la mujer sea
remitida a una clínica para que le practiquen una cesarea, ya que en un puesto
de salud, no es posible practicar un procedimiento quirúrgico. Pasa media hora
y no llega la ambulancia, la mujer, sigue con las contracciones, y deciden
llamar a un taxi para que la lleve de urgencias a una clínica cercana y así lo
hacen, y en 15 minutos llegan a la clínica. Al llegar la mujer a urgencias, no
la atienden inmediatamente y continúa su agonía, pues en esos momentos, no
había ningún ginecólogo disponible. A la paciente la ingresan, y llaman a un
ginecólogo para que atienda la urgencia, que llega media hora después. Al
realizarle la cesárea, el niño nace muerto por la demora en la atención.
De
conformidad con los criterios de imputación objetiva resuelva las siguientes
preguntas:
a)
¿Se le puede imputar responsabilidad al médico que atendió a la señora
en el puesto de salud?
b)
¿Se puede imputar responsabilidad al funcionario de la empresa de
ambulancias que recibió la llamada pero se le olvidó dar la orden para enviar
una ambulancia? ¿Respondería por dolo o por culpa? ¿Sería una acción o una
omisión? Explique su respuesta
c)
El gerente del hospital, para ahorrarse unos pesos, no tenía contratado
en el turno en que llegó la señora, un ginecóloco. ¿Se le puede imputar
responsabilidad penal? Respondería por dolo o por culpa ¿Sería una acción o una
omisión? Explique su respuesta.
d)
¿Puede imputarse responsabilidad penal al ginecólogo que practicó la
cesárea?
CASO 3.
Tania
se entrevistó con un médico para realizarse una cirugía de aumento de busto, y
una lipoescultura. El médico la recibió en consulta, y la convenció de
realizarse unos retoques en los glúteos, además del aumento de busto y la
lipoescultura ya acordada. El médico realiza la cirugía el día 20 de Febrero de
2021. Como la cirugía no estaba cubierta por la prepagada, ni por la EPS, era
un procedimiento particular, y se contrataba directamente con el cirujano,
quién a su vez alquiló un quirófano en una muy buena clínica de la ciudad.
Durante la cirugía surge una falla eléctrica en el quirófano, y ello afecta el
suministro de oxigeno al paciente, por unos minutos. Luego de la operación la
paciente no reacciona y al parecer sufre un accidente cerebro vascular,
causándole una afectación en la movilidad de medio cuerpo. La paciente luego
entra en coma, y sufre un proceso infeccioso y muere. La paciente va a medicina
legal, y determinan que la causa de muerte fue el proceso infeccioso por
bacteria nosocomial (bacteria que solo se encuentra en los quirófanos), en la
historia clínica se demuestra que la anestesia suministrada se excedía en mucho
la dosis que debían de aplicarle al paciente, y que a su vez, la falta de
oxígeno durante la interrupción del fluido eléctrico también influyó en el
agravamiento del estado de salud de la paciente.
Según
los criterios de imputación objetiva:
a)
¿Se le puede imputar responsabilidad penal al gerente de la clínica, que
sabía que las plantas eléctricas estaban funcionando deficientemente, y no
realizó nada para repararlas? Responde por dolo o por culpa. Es una acción o
una omisión? Explique sus respuestas.
b)
¿Puede imputársele responsabilidad penal al anestesiólogo? ¿Es por culpa
o por dolo? ¿Habría una tentativa de homicidio, y ojo que la tentativa solo se
presenta en hechos dolosos y no culposos?
c)
¿Puede imputarse la responsabilidad por homicidio culposo al gerente de
la clínica si se establece que a pesar de ser advertido de que los quirófanos
no estaban siguiendo los protocolos de asepsia, no hizo nada por hacerlos
cumplir? Sería doloso o culposo, sería por acción u omisión?
d)
¿Se le puede imputar responsabilidad penal al cirujano?
CASO
4.
Eugenio
Zamaniego, un futbolista profesional, tuvo una lesión en la rodilla. Luego de
que el médico ortopedista lo examinara determinó que había que operarlo. El
médico lo remitió a cirugía, y habló con un muy buen colega cirujano
especialista para que le realizara la cirugía, pues era muy delicada, y el
médico tratante no se atrevía a realizarla. El médico lo remitió entonces con
su colega, se realizaron los exámenes prequirúrgicos y todo salió bien. Se
programó la cirugía. El cirujano llegó tarde a la cirugía, no entrevistó
previamente al paciente, y no estuvo presente ni en el momento en que le
tomaron el consentimiento informado, ni
cuando lo estaban canalizando. Por tanto, cuando llegó, ya el paciente se
encontraba inconsciente. Eustaquio que era un enfermero en la clínica y que
había tenido problemas con Eugenio, aprovechó una confusión y cambió la
historia clínica para la cirugía de Eugenio. Cuando el paciente salió del
quirófano, fue operado de una rodilla diferente y del codo, procedimientos que
debían hacérselos a otro paciente que estaba en otro quirófano.
De
acuerdo con los criterios de imputación objetiva dados en clase responda:
a)
¿Es responsable el médico ortopedista tratante? ¿Se puede aplicar el
principio de confianza en el presente caso?
b)
¿Es responsable el médico cirujano? ¿Se puede aplicar el principio de
confianza en el presente caso? ¿Se puede aplicar el principio de prohibición de
regreso? ¿Puede argumentar el cirujano un error de tipo, de cual clase?
c)
¿Es responsable el enfermero? ¿Habría dolo o culpa? ¿Sería por acción o
por omisión?
CASO 5.
Una
señora patillalera, muy elegante vestida de negro armó en el valle una
gritería. Había llevado a su hija al médico por un dolor en el abdomen
insoportable. La dejaron en urgencias, en observación. El diagnóstico inicial
era una posible apendicitis. El médico de turno ordenó la práctica de varios
exámenes entre ellos, una ecografía, unos exámenes de sangre, y exámenes de
orina. El médico entregó el turno a una doctora, quién vio los exámenes, y
ordenó esperar, pues aún no estaba segura de que el dolor de la paciente fuera
una apendicitis. La niña lloraba del dolor, y la señora patillalera armó
nuevamente un escándalo para que su hija fuera atendida. En medio del revuelo
encuentran al médico que había terminado su turno almorzando, y le habló
desesperada, el médico retornó, analizó los exámenes y confirmó la apendicitis,
por lo que decidió operarla de urgencia, sin autorización de la médica de
turno, pero tomando el consentimiento informado del paciente. Al operar
encuentra que la niña no tenía apendicitis, sino que tenía una gastroenteritis
que no debía operar, porque el tratamiento es desinflamar los intestinos y el
estómago con medicamentos.
Preguntas:
Tiene
responsabilidad el médico por un tratamiento errado?
Se
puede dar aplicación al consentimiento informado como causal de ausencia de responsabilidad?
Existe
un error de tipo?
Se
puede aplicar un estado de necesidad putativo?
Tendría
alguna responsabilidad la médico que estaba de turno y dejó que el otro médico
actuara?
Qué
ocurre con el anestesiólogo y el resto de cuerpo médico que actuó en la
operación? Tendrían responsabilidad?
Si el
médico es responsable por lesiones personales culposas cual sería la pena que
le corresponde, y si tiene cuatro circunstancias de agravación y dos de
atenuación en qué cuarto le correspondería la pena?
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